Nota No. 5225
DOF publica reforma para promover proyectos de infraestructura productiva y social que fomenten desarrollo de comunidades pesqueras y acuícolas
• Se modifica la fracción X del artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; mañana entra en vigor
Palacio Legislativo, 19-01-2023 (Notilegis).– El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó un decreto del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la fracción X del artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para promover proyectos de infraestructura productiva y social que fomenten el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas.
El documento reforma la fracción X del artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:
“Artículo 20.- El Programa Nacional de Pesca y Acuacultura, se sujetará a las previsiones del Plan Nacional de Desarrollo y contemplará, entre otros aspectos:
I. a IX. ...
X. Programas que promuevan proyectos de infraestructura productiva y social que fomenten el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas, de conformidad con la Política Nacional;
XI. a XV. ...”
En el único artículo transitorio se estipula que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.
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