"2026, Año de Margarita Maza Parada"
LXVI Legislatura. “Soberanía y Justicia Social”
Boletín No. 3610
• La educación es un derecho humano fundamental que no se suspende con la privación de la libertad: diputada Gómez Pozos (Morena)
La diputada Merilyn Gómez Pozos (Morena) promueve una iniciativa para que las personas privadas de su libertad en los centros penitenciarios tengan derecho a recibir desde educación básica hasta superior, así como capacitación para el trabajo.
Turnada a las comisiones unidas de Justicia y de Educación, la propuesta plantea reformar el artículo 10 y adicionar la fracción IX Bis de la Ley Nacional de Ejecución Penal, para que las mujeres en situación de internamiento en centros de readaptación social tengan derecho a recibir una educación gratuita en alfabetización, básica, media superior y superior.
El objetivo, proporcionarles oportunidades de educación y capacitación avanzadas, de igual manera contar con una capacitación laboral para otorgarles habilidades y conocimientos para insertarse en el mercado laboral.
Cuando se otorgue el beneficio de libertad anticipada o libertad definitiva, serán aplicables los servicios a que se refieren los artículos 7 y 207 de esta ley para dar seguimiento y continuidad a su proceso de enseñanza e inclusión laboral.
También propone adicionar la fracción XIV del artículo nueve de la Ley General de Educación para otorgar una educación gratuita en alfabetización, básica, media superior y superior, a las personas en situación de internamiento en centros de readaptación social.
Durante la ejecución de la prisión preventiva o las sanciones penales impuestas podrán gozar de este beneficio, con el objetivo de proporcionarles oportunidades de capacitación avanzada, habilidades y conocimientos para insertarse en el mercado laboral.
En su exposición de motivos, la diputada Gómez Pozos subraya que la educación es un derecho humano fundamental que no se suspende con la privación de la libertad y el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar que las personas en reclusión reciban una formación que trascienda la mera alfabetización, alcanzando niveles de educación media superior y superior.
Por ello, esta propuesta reconoce que la ignorancia y la falta de oportunidades son factores de riesgo que alimentan el ciclo de la criminalidad, por lo que la educación gratuita en los centros penitenciarios es la inversión más efectiva para la seguridad pública a largo plazo.
Refiere que la población femenina en los centros de reclusión enfrenta barreras diferenciadas que requieren soluciones específicas, debido a que históricamente la oferta educativa y laboral en los penales femeniles ha sido limitada a roles de género tradicionales.
Con base en ello, la reforma al artículo 10 de la Ley Nacional de Ejecución Penal busca romper este paradigma, obligando a las autoridades a proporcionar capacitación laboral avanzada y educación superior que otorgue a las mujeres herramientas reales para competir en el mercado laboral tras su liberación.
Menciona que uno de los puntos más innovadores de esta iniciativa, es la vinculación entre la educación en el encierro y la vida en libertad, por lo que propone que, al obtener la libertad anticipada o definitiva, los servicios educativos y de inclusión laboral tengan un seguimiento obligatorio para evitar que la enseñanza se interrumpa por el cambio de situación jurídica.
https://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/66/2026/mar/20260310-II-1.html#Iniciativa22
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