Aprueban dictamen para que aclaración de una sentencia en materia laboral interrumpa el término para su impugnación


Boletín No. 5972


• Los cambios a la Ley Federal del Trabajo se remitieron al Senado de la República


Por unanimidad de 470 votos, la Cámara de Diputados avaló el dictamen que adiciona un segundo párrafo al artículo 847 de la Ley Federal del Trabajo para establecer que la interposición de la aclaración de una sentencia interrumpa el término para su impugnación.


El documento, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, explica que un laudo o sentencia “sólo adquiere el carácter de definitivo una vez que resuelve sobre su aclaración; momento en que las partes procesales podrán impugnar las irregularidades cometidas en el propio laudo como en la resolución la aclaración”. La adición al artículo 847 de la Ley busca otorgar efectos suspensivos a la aclaración de la sentencia. 

Refiere que las leyes procedimentales vigentes en México establecen que la interposición de la aclaración de sentencia interrumpirá el término procesal para promover el medio de impugnación pertinente”; esto encuentra sustento, entre otros ordenamientos, en el Código Federal de Procedimientos Civiles, Código Nacional de Procedimientos Penales y Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. 

No obstante, añade, la Ley Federal del Trabajo en su artículo 847 establece lo contrario; es decir, que “la interposición de la aclaración de sentencia no interrumpirá el término de interposición del medio legal de defensa”, lo cual no es acertado en atención a que el texto vigente no refiere efecto alguno respecto de la aclaración de sentencia. 

Modificación de acuerdo con procedimientos en temas laborales

La diputada Mary Carmen Bernal Martínez (PT), promovente de la reforma, detalló que esta modificación, que va de acuerdo con los procedimientos que tienen que ver con los temas laborales, es “para poder dar certeza y legitimidad a los laudos que emiten las instituciones correspondientes”. 


Busca, dijo, que una vez que recaiga un laudo, una sentencia o una resolución, cuando se interponga el recurso de aclaración, este recurso interrumpa el término para su impugnación. 

Resaltó que una vez que sale una sentencia o una resolución, pueden existir algunas dudas y es entonces cuando las o los abogados pueden solicitar que se dé una aclaración sin que ésta se pueda dar de manera sustancial al contenido de la sentencia. 

Precisó que como se encuentra en estos momentos la ley, cuando se interpone un recurso de aclaración frente a una sentencia o una resolución, no se interrumpe el término para poder impugnar esta resolución, lo cual “nosotros consideramos que violenta el artículo 17 de nuestra Carta Magna y violenta también el principio de definitividad marcado en nuestra Constitución y también violenta el derecho al debido proceso que tenemos las y los mexicanos”. 

Por ello, se propone esta reforma para que se pueda salvaguardar el derecho de las y los mexicanos a que puedan impugnar una sentencia o laudo, independientemente de que soliciten el recurso de aclaración.


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