“2025, Año de la Mujer Indígena”
LXVI Legislatura. “Soberanía y Justicia Social”
Boletín No. 2035
Por unanimidad, la Comisión de Asuntos Migratorios, que preside la diputada Marcela Guerra Castillo (PRI), aprobó dos dictámenes en materia de migración con perspectiva de derechos humanos, equidad de género y armonización legislativa.
El primero, con modificaciones, reforma los artículos 81 y 97 de la Ley de Migración, sobre armonización legislativa, a fin de sustituir en el artículo 81 la palabra “Policía Federal” por el de “Guardia Nacional”.
Asimismo, establece al Instituto Nacional de Migración como “instancia de seguridad nacional y en cumplimiento al artículo 4 de esta Ley” podrá llevar a cabo sus funciones de control migratorio en lugares distintos a los destinados al tránsito internacional de personas por mar y aire, a solicitud expresa debidamente fundada y motivada de la Secretaría de “Infraestructura”, Comunicaciones y Transportes.
El artículo 97 señala que, además de los lugares destinados al tránsito internacional de personas establecidos, el Instituto podrá llevar a cabo revisiones de carácter migratorio dentro del territorio nacional a efecto de comprobar la situación migratoria de los extranjeros, “garantizando en todo momento el respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política y los tratados internacionales”.
Precisa que la duración de la revisión y la zona geográfica o el lugar “será de conformidad con las políticas migratorias que emita la Secretaría y de acuerdo con los factores como son flujos migratorios irregulares, amenazas a la seguridad nacional, ingreso de personas con antecedentes criminales o terroristas, así como protección de los derechos de los migrantes y prevención de la trata de personas”.
La promovente de la iniciativa, la diputada Sonia Rincón Chanona (Morena), destacó la importancia de perfeccionar y modernizar el marco jurídico en materia migratoria, desde una perspectiva de derechos humanos y bajo los principios del humanismo mexicano, con el objetivo de proteger los derechos de las personas migrantes, evitando sesgos y prejuicios que les impidan acceder a ayuda humanitaria, protección y al ejercicio de sus derechos.
Aclaró que las revisiones migratorias no contemplan parámetros objetivos que permitan a las autoridades distinguir entre personas mexicanas y extranjeras, lo que propicia que, al momento en que se aplica la Ley, se incurra en actos de discriminación motivados por prejuicios raciales.
Previamente, se avaló el dictamen, con modificaciones, por el que enmienda los artículos 3 y 30 de la Ley de Migración, en materia de armonización legislativa e inclusión.
En el artículo 3, fracción XXIV, define perspectiva de género como una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género.
Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres, contribuye a construir una sociedad donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones.
En el artículo 30 sustituye “Instituto Nacional de las Mujeres” por “Secretaría de las Mujeres”, así como los términos “mujeres migrantes” y “población femenina”, por el de “niñas, adolescentes y mujeres migrantes”.
Asimismo, plantea proporcionar a las autoridades migratorias, “incluyendo a todas las personas servidoras públicas que las integran”, capacitación en “materia de aplicación de las disipaciones migratorias con perspectiva de género” con énfasis en el respeto y protección de los derechos humanos de las “niñas, adolescentes”, y mujeres migrantes “independientemente de su nacionalidad y situación migratoria”.
La instancia legislativa aprobó dichas modificaciones, toda vez que se refieren a un principio de inclusión en el que se respeten, garanticen y atiendan los derechos humanos de toda persona migrante.
Estima que la eventual aprobación del dictamen no generará un impacto presupuestal porque ya se encuentran contempladas las funciones que se proponen, además de contar con el presupuesto ya asignado.
La promovente de la iniciativa, diputada Rosalía Suárez Montes de Oca (Morena), señaló que el principio de paridad de género no solo debe estar enunciado en la Ley de Migración, sino “expresar el concepto”, ya que es fundamental asegurar en el fenómeno de movilidad humana la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.
Además, indicó que también se trata de una reforma de actualización, al cambiar la denominación del Instituto Nacional de las Mujeres por el de Secretaría de las Mujeres, y fortalecer la legislación para enfrentar y erradicar la desigualdad de género en el contexto de la migración.
Asuntos generales
Del PAN, la diputada Blanca Leticia Gutiérrez Garza reconoció que muchas de las soluciones no dependen únicamente de cambios normativos sino de la asignación de recursos presupuestales, por lo que invitó a las y los legisladores a que en el próximo periodo que corresponde al análisis del Presupuesto de Egresos de la Federación, “sean conscientes de la necesidad y congruentes con su labor legislativa”.
A su vez, la diputada Guerra Castillo extendió la invitación a las y los diputados a la presentación del libro “Migración: bienestar social e inclusión laboral”, el próximo 7 de octubre, a las 10:00 horas, en el salón Los Cristales, del Palacio Legislativo de San Lázaro.
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