Cámara de Diputados aprobó reformas para que la Carta Nacional Acuícola se publique en el DOF cada dos años


Boletín No. 4887


• Busca dotar de información actualizada de las condiciones en que se encuentra la actividad 


El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular con 424 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el dictamen que reforma el segundo párrafo del artículo 83 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a fin de establecer que la Carta Nacional Acuícola y sus actualizaciones se publicarán en el Diario Oficial de la Federación (DOF) cada dos años.


La modificación precisa que la Secretaría, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, aprobará y expedirá la Carta Nacional Acuícola y sus actualizaciones, y las publicará en el Diario Oficial de la Federación cada dos años, y podrán publicarse actualizaciones de las fichas individuales sin que el total de la Carta pierda su validez.

Al fundamentar el dictamen, el proponente de la iniciativa, diputado Jesús Alberto Velázquez Flores (PRD) indicó que la ley vigente confiere a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural la facultad de elaborar, actualizar y publicar la Carta Nacional Acuícola, pero no establece la temporalidad con que deba hacerse.


“La periodicidad con que se han publicado no es uniforme; hay ocasiones en que han pasado hasta ocho años entre una publicación y otra, quedando un vacío en relación a la legislación que avanza y se adecua conforme a los tratados internacionales”, apuntó. 

Ante esta omisión legislativa, continuó, la Carta Nacional Acuícola puede estar desactualizada y, en algunos casos, quedar obsoleta. Por ello, precisó que la reforma busca dotar de información a los sectores productivos y consultivos de las actividades acuícolas y las condiciones en que se encuentra la acuacultura nacional, para generar programas y proyectos que abonen al crecimiento del sector.

Velázquez Flores reiteró su compromiso con las y los productores de trabajar para modificar la legislación y mejorar al sector acuícola y pesquero para dotarles de certeza e información actualizada.

Explicó que la Carta Nacional Acuícola es la presentación cartográfica y escrita de los indicadores de la actividad, de las especies destinadas a la acuacultura, del desarrollo de la biotecnología y de las zonas por su vocación de cultivo; su contenido es de carácter informativo para los sectores productivos y será consultivo y orientador para las autoridades competentes en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de las actividades acuícolas.

Aprobado en lo general y en lo particular, el dictamen se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

    

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