Cámara de Diputados publica en Gaceta Parlamentaria iniciativa presidencial que expide la Ley General de Aguas


“2025, Año de la Mujer Indígena”
LXVI Legislatura. “Soberanía y Justicia Social”


Boletín No. 2436


•    También reforma la Ley de Aguas Nacionales


La Cámara de Diputados recibió de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Aguas, y se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

El documento, publicado en la Gaceta Parlamentaria, expone que con la expedición de la Ley General de Aguas se busca cumplir con el mandato transitorio del Constituyente Permanente, que reglamenta el ejercicio del derecho humano al agua y, con las modificaciones a la Ley de Aguas Nacionales, se pretende retomar y fortalecer la rectoría del Estado en el dominio y administración de las aguas nacionales.

La Ley General de Aguas considera delinear las acciones que deben asumir las autoridades de los tres órdenes de gobierno para garantizar el acceso, disposición y saneamiento del agua para consumo personal y doméstico; sentar las bases y modalidades para el acceso, uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, así como su interdependencia con otros derechos fundamentales de la persona.

También, plantear reglas claras para la distribución de competencias entre las autoridades federales, las de las entidades federativas y de los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; incluir un apartado dedicado a fomentar la cultura del agua, a través del cual se busca generar conciencia sobre la importancia que tiene al agua para la vida y la dignidad de las personas, promover el uso racional y eficaz de este recurso, además de fomentar una mayor participación social para su conservación, y el reconocimiento de los sistemas comunitarios de aguas.

Menciona que, al hacer esta propuesta, el gobierno de México refrenda su compromiso frente al derecho humano al agua, con la certeza de que esta legislación contribuirá a un eficaz ejercicio de esa prerrogativa y, por extensión, otros derechos con los que guarda interrelación.

En tanto, los cambios a la Ley de Aguas Nacionales tienen como propósito fundamental que el agua deje de verse y administrarse como mercancía. 

Establece que el Estado mexicano será el único responsable de regular el uso de agua, desaparece el régimen de transmisiones de derechos de agua entre particulares, y subraya que toda concesión de agua que no sea utilizada para los fines autorizados debe regresar a la Conagua para que ésta decida una mejor distribución y aprovechamiento de ese recurso.

Resalta que para tal efecto se revisará que el agua se destine efectivamente al uso para el que se solicitó y fue concesionada; incorpora al catálogo de conceptos el relativo a la responsabilidad hídrica, para reconocer las buenas prácticas que tengan las personas concesionarias asignatarias y, bajo ciertas circunstancias, sirve como criterio favorable o atenuante en los procesos administrativos.

Hace notar que el Registro Público de Derechos de Agua transita hacia un Registro Nacional del Agua, con el propósito de contar con una herramienta que favorezca el adecuado control y transparencia del régimen de concesiones y asignaciones, al tiempo que se modifican las reglas aplicables a la determinación del pago de la cuota de garantía, en aras de erradicar prácticas de acaparamiento y que el agua llegue a quien realmente la necesita y use.

Además, fija reglas claras aplicables a las concesiones que se otorguen para uso agrario, a fin de garantizar la soberanía alimentaria, reconocer los derechos de las personas titulares y evitar prácticas que distorsionen su objeto.

Fortalece el procedimiento para detectar usos irregulares del agua y el incumplimiento de obligaciones, así como el régimen de sanciones para inhibir este tipo de conductas, e incluye un catálogo de delitos hídricos, en complemento al esquema sancionador que corresponde a esta autoridad.

Con la iniciativa se busca dar certeza a la actuación de la autoridad y brindar seguridad jurídica a las personas usuarias, privilegiando el interés general. 

Hace mención que estas medidas permitirán recobrar la rectoría del Estado en el régimen del agua y tener una distribución más justa de este recurso vital, garantizando a las generaciones, presentes y futuras el disfrute de este derecho fundamental.


Gaceta Parlamentaria, Ley General de Aguas


--ooOoo--