Comisión aprobó prohibir venta y suministro de bebidas energetizantes a personas menores de 18 años, en establecimientos comerciales y mercantiles


“2025, Año de la Mujer Indígena”
LXVI Legislatura. “Soberanía y Justicia Social”


Boletín No. 2244



•    El documento deriva de iniciativas suscritas por los diputados Ricardo Monreal Ávila (Morena) y José Luis Fernández Martínez (PVEM)


La Comisión de Salud, que preside el diputado Pedro Mario Zenteno Santaella (Morena), aprobó por 20 votos a favor, el dictamen a las iniciativas de los diputados Ricardo Monreal Ávila (Morena) y José Luis Fernández Martínez (PVEM), para prohibir la venta y suministro de bebidas energetizantes a personas menores de 18 años, en establecimientos comerciales y mercantiles.



El dictamen, que adiciona la fracción II Bis al artículo 215, adiciona el artículo 216 Ter y se reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud, establece que quienes incumplan con esa prohibición serán sancionados en los términos previstos en el artículo 419 de esta Ley, es decir con multa de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización.

Define a las bebidas energetizantes como las bebidas no alcohólicas adicionadas con la mezcla de cafeína y taurina o glucoronolactona o tiamina y/o cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares.

Expone que las iniciativas son jurídicamente viables y socialmente necesarias, pues contribuyen a la prevención del consumo de sustancias dañinas en niñas, niños y adolescentes.

También, fortalecen el marco normativo en materia de salud pública al materializar la obligación constitucional del Estado mexicano de garantizar el bienestar y el desarrollo integral de la niñez, priorizando la protección de su salud sobre los intereses económicos del mercado.

Hace referencia que el consumo de bebidas energéticas ha crecido exponencialmente en México, especialmente entre jóvenes de 15 a 18 años, quienes son el principal grupo consumidor diario. Esta tendencia representa una amenaza para la salud pública, al contribuir al aumento de enfermedades no transmisibles, como la obesidad infantil, la diabetes tipo 2 y los trastornos del sueño, advierte.

Menciona que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha advertido sobre los riesgos del consumo excesivo de azúcares y cafeína, recomendando limitar su ingesta, especialmente en menores de edad. 

El documento precisa que el consumo de bebidas energéticas ha aumentado de manera considerable en los últimos años, impulsado por campañas publicitarias orientadas principalmente a jóvenes y por el fácil acceso a estos productos en el mercado. Estas bebidas contienen altas dosis de cafeína, azúcares y otros aditivos que alteran la actividad del sistema nervioso representando riesgos a la salud cuando se ingieren de forma recurrente, destacando su relación con trastornos cardiovasculares, metabólicos y psicológicos.

Destaca que diversos estudios, como los realizados por la Agencia Francesa de Seguridad Alimentaria, la Secretaría de Salud, y publicaciones científicas internacionales, documentan que el consumo de bebidas energéticas puede provocar afecciones cardiovasculares, como aumento de la presión arterial, arritmias, formación de aneurisma.

También, trastornos neurológicos y psicológicos: ansiedad, insomnio, convulsiones, alucinaciones; alteraciones metabólicas: obesidad, resistencia a la insulina, diabetes tipo 2, y daños renales, dentales y gastrointestinales. Los efectos se agravan cuando las bebidas se consumen en combinación con alcohol o durante actividad física intensa, lo cual es común entre adolescentes.

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