Declaración sobre Derechos Político Electorales de la Comunidad LGBTTTIQ+, documento histórico: diputada Luévano Luna


Boletín No.2351


Declaración sobre Derechos Político Electorales de la Comunidad LGBTTTIQ+, documento histórico: diputada Luévano Luna


• Se llevaron a cabo mesas de trabajo para analizar diversos temas al respecto 


La presidenta de la Comisión de Diversidad, diputada Salma Luévano Luna (Morena), sostuvo que la Declaración sobre Derechos Político Electorales de la Comunidad LGBTTTIQ+ en el Continente Americano será un “gran documento histórico, sin precedentes”, porque es para la protección de esa población.  


En el marco de la reunión plenaria de la Convención de la Declaración sobre Derechos Político Electorales de la Comunidad LGBTTTIQ+ en el Continente Americano, la legisladora se pronunció por avanzar y empoderar a la población a nivel internacional. 

“Vayamos fortaleciendo a los países con estos ejercicios y vamos trabajando las condiciones para que esto realmente tenga el efecto que debe tener que es un documento referente, en primera instancia a nivel Latinoamérica y, posteriormente, a nivel internacional”, subrayó. 

Por ello, destacó la importancia de dar seguimiento al tema y nutrir el documento, porque de lo contrario quedaría como un discurso. Pidió tener la certeza y agradeció el apoyo, disposición y apertura que permite que esto se dé. 

Posteriormente, se dieron a conocer las conclusiones de las mesas de trabajo en las que se analizaron diferentes temas y participaron expertos de países como Colombia, Honduras, Bolivia, Ecuador, Puerto Rico, Argentina y Chile.  

 En la Mesa 1, sobre el principio del derecho a votar, entre las propuestas que destacan está el que en ninguna circunstancia los Estados limitarán el ejercicio del derecho al voto por motivos basados en identidad o expresión de género. Asimismo, las autoridades deberán garantizar que su voto sea libre, sin discriminación y con independencia. Que la información contenida sea la necesaria para emitir el voto acorde a la identidad de género de la persona.

Respecto a la Mesa 2, denominada del derecho a ser votadas, votades y votados, algunos de los planteamientos fueron que: “todas las personas de la población LGBTTTIQ+ con ciudadanía reconocida tienen derecho a ser votadas sin discriminación, de tal forma que tengan un acceso real a los cargos de representación popular en igualdad de condiciones. 

Su ejercicio efectivo incluye los siguientes derechos: a obtener el registro para acceder y desempeñar el cargo, a permanecer en el cargo y a recibir la remuneración del cargo.    

Mientras que en la Mesa 3 se analizó el derecho a asociarse libre y pacíficamente para tomar parte en asuntos políticos. Se planteó que toda persona con ciudadanía reconocida tiene derecho a asociarse libre y pacificante para tomar parte en asuntos políticos sin discriminación alguna por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género, en igualdad de condiciones y con ello garantizar el derecho de votar y ser votadas, votados y votades.

En tanto, en la Mesa 4, sobre el principio del derecho a participar en partidos políticos, se propuso que todas las personas con ciudadanía reconocida tengan derecho a elegir de forma voluntaria, segura y libre ser simpatizantes, afiliarse a participar, formar parte o constituir un partido político y que se respete la orientación sexual, identidad y expresión de género, características sexuales y diversidad corporal no convencional en los procedimientos de registro con independencia de la adecuación de sus documentos legales, extendiéndose este derecho a formar parte de sus órganos de decisión y estructura.  

Por su parte, el derecho al autogobierno y de consulta de los pueblos originarios, etnias y comunidades indígenas, fue analizado en la Mesa 5, donde se acordó que toda persona con ciudadanía reconocida perteneciente a pueblos originarios e indígenas de la población LGBTTTIQ+ participen en la toma de decisiones de sus regiones con base en sus tradiciones, usos y costumbres.

También se propuso incluir el principio de derecho a participar en mecanismos de democracia representativa, participativa y con igualdad. Señalar que todas las personas con ciudadanía reconocida tienen derecho a la participación de forma individual o colectiva en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos y en el control popular de las situaciones del Estado y la sociedad y de sus representantes en un proceso permanente de construcción de la ciudadanía.


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