Por mayoría calificada, la Cámara de Diputados aprobó reforma constitucional que amplía catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa


Boletín No. 0362


•    El dictamen fue aprobado con 335 votos a favor, 108 en contra y cero abstenciones. Se remitió al Senado

•    El Pleno aceptó tres reservas para excluir el narcomenudeo, la defraudación fiscal y ampliar la hipótesis de los distribuidores de procesadores químicos, como el fentanilo


Con la mayoría calificada de 335 votos a favor, 108 en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en lo general, y en lo particular con cambios, el dictamen que reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política, en materia de prisión preventiva oficiosa.



En lo particular, se aceptaron tres reservas presentadas por el diputado Ricardo Monreal Ávila, coordinador del grupo parlamentario de Morena. Dos de ellas son para excluir del catálogo de delitos graves el narcomenudeo y la defraudación fiscal contemplados en el dictamen.



La tercera para establecer que el juez ordenará prisión preventiva oficiosa en el caso de delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.

Monreal Ávila explicó que, en la primera reserva, se propone excluir del catálogo de delitos graves el narcomenudeo, contemplado en el dictamen, “porque han planteado compañeros del movimiento que le demos un tratamiento social para poder generar condiciones de convivencia pacífica y recobrar, restañar el tejido social, sobre todo en jóvenes”.   

La segunda reserva, dijo, excluye a la defraudación fiscal como delito grave porque la misma, es aquel uso de maquinación, engaño o manipulación para dejar de cumplir con sus obligaciones fiscales cualquier ciudadano contribuyente; sin embargo, “creemos que en este momento necesitamos unidad nacional”.

Mientras que la tercera, agregó, se plantea ampliar la hipótesis de los distribuidores de procesadores químicos y de sustancias químicas esenciales que son las que provocan, producen las drogas sintéticas como el fentanilo y sus derivados que tanto daño están causando en el mundo.  “Es necesario modificar este artículo y que los jueces y juezas no interpreten y no liberen indebidamente a los presuntos delincuentes o a los delincuentes confesos por alguna argucia de carácter técnico-jurídica”.

Además, en la discusión en lo particular, diputadas y diputados de PAN, PT, PRI y MC también presentaron diversas reservas, las cuales fueron retiradas o bien no se admitieron a discusión y, por lo tanto, se desecharon.

Dictamen

Conforme a lo avalado, se establece que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente en los casos de extorsión y delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.

También, en los casos de contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales en los términos fijados por la ley. Para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial.

En el régimen transitorio se expone que, a partir de la entrada en vigor del decreto, se derogan todas las disposiciones que se opongan a su contenido, previstas en leyes secundarias, reglamentos, acuerdos y cualquier otro ordenamiento normativo de carácter administrativo.

Además, el Congreso de la Unión, en un plazo de ciento ochenta días, contados a partir de la entrada en vigor de este decreto, deberá armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias con el contenido de dicho decreto.

Mientras que las legislaturas de las entidades federativas deben realizar las adecuaciones normativas necesarias para cumplir con lo previsto en el presente decreto, dentro de los 365 días naturales siguientes a su publicación.

El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales en la LXV Legislatura, deriva de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal, así como de diversas iniciativas conexas de diputadas y diputados. Se canalizó al Senado de la República para efectos constitucionales.
    
Facultad para ordenar prisión preventiva oficiosa


Al dar lectura a la síntesis del dictamen, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, indicó que se incorpora la facultad al juez para ordenar la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar en casos de extorsión y actividades ilícitas relacionadas con el fentanilo y otras drogas sintéticas y el contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.

Desechan moción suspensiva

En votación económica, se desechó la moción suspensiva de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla (MC), para detener la discusión de la reforma por considerar que es inconstitucional, inconvencional y regresiva en perjuicio de los derechos humanos, y el Estado mexicano ya ha sido condenado por el uso de la prisión preventiva oficiosa.

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Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de noviembre de 2024


DIPUTADO RICARDO MONREAL ÁVILA
Coordinador del grupo parlamentario de Morena y presidente de la Junta de Coordinación Política

Discurso pronunciado al presentar reservas al dictamen de reforma constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa.



Ciudadano presidente, ciudadanas legisladoras, legisladores:

Vengo a poner a consideración de la Asamblea tres reservas que, espero me escuchen y me toleren para que en un solo evento pueda explicarlas y pueda también describir cada uno de estos puntos.

Como todos sabemos, el artículo 19 constitucional que estamos debatiendo contiene esta figura jurídica que se denomina prisión preventiva oficiosa que debe de ser solicitada por el Ministerio Público y ordenada por el juez o jueza de la causa, y procede cuando son conductas consideradas por el Constituyente Permanente como graves.

Este catálogo de delitos graves o conductas antijurídicas atípicas son, entre otros, la violación, el abuso sexual contra menores, el feminicidio, la extorsión, el robo en carreteras en cualquiera de sus modalidades, el robo y asalto a casas habitación, la desaparición forzada, la trata de personas, el uso de armas y explosivos exclusivos del Ejército, la expedición de facturas falsas o inexistentes, el “huachicol” o robo de hidrocarburos, la corrupción, el enriquecimiento ilícito y los delitos electorales.

Estas son algunas de las conductas antijurídicas que ahora intentamos otorgarles una categoría denominada prisión preventiva oficiosa, para proteger a la sociedad.

Porque nosotros que fuimos a distritos, es un clamor. Este domingo volvimos al distrito a celebrar asambleas informativas para explicarles el contenido y el alcance de la reforma judicial, y el clamor es la extorsión, la trata de personas, el clamor es el asalto en carreteras, en casas habitación, en feminicidios, y por eso ahora nosotros hacemos eco de esos reclamos, de esas demandas y retomamos la propuesta del presidente López Obrador del 5 de febrero, y hoy esta noche le estamos dando vida a esa exigencia ciudadana.

Y mi reserva, en un primer momento, es excluir una de estas conductas que está contemplada en el dictamen que estamos discutiendo.

Le propongo a la Asamblea que se excluya el narcomenudeo, porque me han planteado compañeros del movimiento que le demos un tratamiento social para poder generar condiciones de convivencia pacífica y recobrar, restañar el tejido social, sobre todo en jóvenes. Esta es la primera reserva que les planteo: que excluyamos del catálogo de delitos graves el narcomenudeo.

Y la segunda reserva que planteo es excluir la defraudación fiscal como delito grave. Esto, en la mayoría de Morena, ha sido discutido, y tenemos procesos de consulta y de debate intensos, porque la defraudación fiscal, así se interpreta y se describe en cualquier diccionario jurídico, es aquel uso de maquinación, engaño o manipulación para dejar de cumplir con sus obligaciones fiscales cualquier ciudadano contribuyente.

Sin embargo, nosotros creemos que en este momento necesitamos unidad nacional. He hablado, y varios de nosotros hemos hablado, con los sectores económicos del país, y hoy Morena actúa con responsabilidad, el PT actúa con responsabilidad, el Partido Verde actúa con responsabilidad. Por eso los integrantes de este movimiento planteamos que ahora se excluya la defraudación fiscal como delito grave con prisión preventiva oficiosa.

Y una tercera reserva, presidente y Asamblea, es muy importante, porque en la hipótesis jurídica del distribuidor de precursores químicos está muy acotada y sirve como espacio para la impunidad y para la liberación de delincuentes condenados o de presuntos delincuentes procesados.

Entonces, estamos planteando ampliar la hipótesis de los distribuidores de procesadores químicos y de sustancias químicas esenciales que son las que provocan, producen las drogas sintéticas como el fentanilo y sus derivados que tanto daño están causando en el mundo, y México no es la excepción.

Por eso es que es necesario modificar este artículo en la reserva que planteo, y que los jueces y juezas no interpreten y no liberen indebidamente a los presuntos delincuentes o a los delincuentes confesos por alguna argucia de carácter técnico jurídica. Cerramos la puerta y observamos la literalidad de la norma que estamos modificando en la Carta Magna.

Estas son las tres reservas que fueron producto de una discusión profunda en Morena. No fue fácil, no fue fácil, porque muchos de nosotros creemos —en Morena, en el PT, en el Verde— que México necesitará una reforma fiscal profunda muy pronto, porque la distribución de la riqueza y porque la sociedad igualitaria a la que aspiramos requiere un mayor esfuerzo de los que más tienen. Esa es nuestra filosofía: la progresividad fiscal, y vamos a llegar a ella con justicia, con igualdad y con equidad.

Por eso, presidente, honorable Asamblea, alejándonos de la estridencia —que se valen—, de las acusaciones y de los insultos —que se valen en cualquier asamblea—, les expongo argumentos y les expongo que nos acompañen en estas reservas.

Por su atención, muchas gracias.

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