Valida Cámara de Diputados dictamen que determina el depósito legal de obras producidas en el país


Prevé considerar el respeto a los derechos de autor y conexos

Boletín No.3694


Valida Cámara de Diputados dictamen que determina el depósito legal de obras producidas en el país


• Se reformó la Ley General de Bibliotecas y fue devuelta al Senado


• Prevé considerar el respeto a los derechos de autor y conexos


La Cámara de Diputados validó, con el consenso de 471 votos a favor, el dictamen a la minuta que reforma los artículos 33, 39 y 43, y adiciona un artículo 34 Bis a la Ley General de Bibliotecas, para determinar el depósito legal de obras producidas en territorio nacional.


El dictamen, devuelto al Senado para los efectos sus efectos constitucionales, establece que el depósito legal considerará el respeto a los derechos de autor y conexos; la implementación de medidas tecnológicas de protección por parte de las instituciones depositarias, así como las obras de contenido educativo, cultural, científico o técnico.

También, la disponibilidad de los materiales para la consulta pública conforme a los ejemplares entregados; características de entrega de las obras y el fomento del trabajo colegiado entre las instituciones receptoras del depósito legal.

Menciona que las obras se entregarán dentro de los noventa días naturales siguientes a la fecha de su distribución comercial, salvo en aquellos casos que, por la naturaleza de su producción, comercialización o distribución, requieran de un plazo mayor y cuyas prevenciones se establezcan en el respectivo reglamento.

Los editores y productores que no cumplan con la obligación consignada de entregar las obras se harán acreedores a una multa equivalente a 20 veces el precio de venta al público de los materiales no entregados. La aplicación de la sanción no excusa al infractor de cumplir con la entrega de los materiales. Se exceptúa de lo anterior a los editores de obras impresas en cualquier formato cuyo tiraje sea inferior a 25 ejemplares.

El dictamen precisa que el depósito legal ha sido históricamente, en México y la mayoría de los países, la herramienta que permite y asegura que ejemplares de la más diversa índole enriquezcan los acervos bibliográficos de las naciones; asegura el acceso universal de la población a su consulta, así como su resguardo, conservación y la preservación de la memoria colectiva.

Resguarda la memoria de México

El diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas (Morena) señaló que las bibliotecas son espacios destinados a la divulgación de las ideas y del conocimiento; lugares donde converge la cultura, educación, ciencia, tecnología y el esparcimiento; recintos donde la información y el libre pensamiento se presentan en formatos impresos, electrónicos, analógicos o digitales.


De acuerdo con la Secretaría de Cultura, la Red Nacional de Bibliotecas Públicas se compone de siete mil 413 recintos, que se encuentran establecidos en dos mil 282 municipios y proporcionan servicios bibliotecarios gratuitos a más de 30 millones de personas usuarias cada año. 

Además, dijo, fomentan la imaginación, el aprendizaje y la investigación; se han adaptado a las conductas y hábitos de una sociedad que está en una transformación constante y exponencial, en donde los libros impresos han pasado a ser electrónicos y las grandes enciclopedias de antaño hoy son archivos digitales.

 El depósito legal es la figura jurídica para recopilar, integrar, almacenar, custodiar y conservar toda obra de contenido educativo, cultural, científico o técnico, que es distribuida para su comercialización o de manera gratuita en diferentes formatos; el depósito legal resulta de gran valía porque resguarda y preserva la memoria de México.


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