Ricardo Monreal propone iniciativa para proteger a consumidores de servicios automatizados


“2025, Año de la Mujer Indígena”

LXVI Legislatura. “Soberanía y Justicia Social”

Boletín No. 2165


• Plantea adicionar las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor


El diputado Ricardo Monreal Ávila, coordinador del grupo parlamentario de Morena, impulsa una iniciativa que busca garantizar que las personas consumidoras cuenten con herramientas claras para exigir sus derechos, especialmente en la contratación y cancelación electrónica de suscripciones, membresías y servicios automatizados.

 La propuesta, que adiciona las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, tiene como finalidad establecer que el proveedor deberá informar de forma clara, destacada y accesible si el servicio contratado implica pagos automáticos recurrentes, su periodicidad, monto y fecha de cobro.

 Agrega que cualquier cobro recurrente requerirá consentimiento expreso e informado del consumidor. Además, se deberá notificar al menos con cinco días naturales de anticipación la renovación automática del servicio, permitiendo su cancelación sin penalización.

 Además, el proveedor deberá implementar un mecanismo que, sin contravenir las disposiciones contractuales, permita a la persona consumidora cancelar el servicio, suscripción o membresía de manera inmediata.

 El diputado Ricardo Monreal explica que la reforma es oportuna, toda vez que, en los últimos años, el desarrollo y la innovación de las tecnologías de la información y de comunicación (TICs) han revolucionado de una forma inédita todos los procesos de la vida cotidiana, abarcando desde el estudio, el trabajo, la comunicación e interacción social, hasta replantear la naturaleza del comercio. 

Subraya que de acuerdo con un informe publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geográfica (INEGI) se estima que en México existen alrededor de 100.2 millones de personas usuarias de Internet, lo que equivale al 83.1 por ciento de la población de 6 años y más. 

Expone que este proceso de digitalización ha traído consigo múltiples beneficios como la inmediatez, comodidad y la experiencia de consumo en favor de las personas usuarias, así como el aumento en la productividad y la competitividad de las empresas y prestadores de servicios por medios tecnológicos. 

Sin embargo, considera que estos procesos han revelado importantes desafíos en la relación entre proveedores y consumidores, así como de la necesidad de generar un marco normativo más robusto en la materia. 

Señala que el uso generalizado de contratos de adhesión, algoritmos automatizados de cobro y políticas unilaterales de uso o cancelación, ha generado nuevas dinámicas marcadas por la opacidad, la complejidad y, en muchos casos, por la desigualdad entre las partes.

Por ello, afirma que el respeto y la garantía de los derechos del consumidor se vuelven pilares fundamentales para consolidar una economía digital que sea no solo eficiente, sino justa, equitativa y transparente. 

Menciona que, si bien los derechos y obligaciones de los consumidores se encuentran regulados en la Ley Federal de Protección al Consumidor, no se cuenta con un marco jurídico robusto en materia de contrataciones de servicios, suscripciones y membresías de cobro recurrente.

Considera indispensable establecer límites claros que protejan los datos personales y aseguren que los usuarios puedan ejercer control pleno sobre las decisiones de los productos, al establecer obligaciones específicas para los proveedores de servicios digitales, a fin de asegurar prácticas justas, el acceso a información veraz, comprensible y mecanismos eficaces para la cancelación. 


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