DOF publica el decreto por el que se expide la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible


Nota No. 9434

DOF publica el decreto por el que se expide la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible

• Entra en vigor mañana jueves 18 de abril

Palacio Legislativo, 17-04-2024 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se expide la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible, el cual entra en vigor mañana jueves 18 de abril.

El 6 de marzo de 2024 el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la minuta que expide la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible, cuyo objetivo es establecer los principios y bases para la promoción, protección, respeto y garantía en el ejercicio efectivo del derecho a la alimentación adecuada y los derechos humanos con los que tiene interdependencia.

Dicha ley, que contempla 111 artículos, también busca priorizar los derechos a la salud, al medio ambiente, al agua y el interés superior de la niñez, en las políticas relacionadas con la alimentación adecuada por parte del Estado mexicano.

Asimismo, establecer mecanismos de planeación, coordinación y competencia entre las autoridades de la Federación, de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales, en las acciones encaminadas a garantizar el ejercicio pleno del derecho a la alimentación adecuada.

Además, fomentar la producción, abasto, distribución justa y equitativa y consumo de alimentos nutritivos, suficientes, de calidad, inocuos y culturalmente adecuados, para favorecer la protección y el ejercicio del derecho a la alimentación adecuada, evitando en toda medida el desperdicio de alimentos. Fortalece la autosuficiencia, la soberanía y la seguridad alimentaria del país.

Señala que todas las personas, de manera individual o colectiva, tienen derecho a una alimentación adecuada en todo momento, y a disponer de alimentos para su consumo diario, así como el acceso físico y económico para una alimentación inocua, de calidad nutricional y en cantidad suficiente para satisfacer sus necesidades fisiológicas en todas las etapas de su ciclo vital que le posibilite su desarrollo integral y una vida digna, de acuerdo con su contexto cultural y sus necesidades específicas, sin poner en riesgo la satisfacción de las otras necesidades básicas y sin que ello dificulte el goce de otros derechos humanos.

Indica que todas las autoridades del Estado, en el ámbito de sus competencias y con sujeción a los recursos aprobados expresamente para esos fines en sus respectivos presupuestos de egresos, tienen la obligación de promover, respetar y proteger el ejercicio del derecho a la alimentación adecuada.

Lo anterior, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad, subsidiariedad, sostenibilidad ambiental, precaución, participación social, igualdad de género y etaria, interés superior de la niñez, diversidad cultural, eficiencia, libre competencia, transparencia y rendición de cuentas. Esto incluye la adopción de medidas que impidan que los particulares priven a las personas del acceso a una alimentación adecuada.

El dictamen a la minuta se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. En consecuencia, el decreto publicado hoy en el DOF