DOF publica reforma para garantizar a personas afromexicanas con discapacidad su derecho a la salud y asistencia social


Nota No. 9313


DOF publica reforma para garantizar a personas afromexicanas con discapacidad su derecho a la salud y asistencia social


• Se modifica la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; el decreto entra en vigor mañana viernes 5 de abril


Palacio Legislativo, 04-04-2024 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto de la reforma para garantizar a personas afromexicanas con discapacidad su derecho a la salud y asistencia social, el cual entra en vigor mañana viernes 5 de abril.

El pasado 14 de febrero el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformar la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, con el objetivo de incorporar en dicho ordenamiento jurídico a las personas de las comunidades afromexicanas con discapacidad y garantizar su derecho a la salud, a la asistencia social y a los programas de asistencia social.

El dictamen, que reforma la fracción II del artículo 7 y la fracción II del artículo 21 de dicha ley, se remitió al Ejecutivo Federal, y tiene el objetivo de que este sector poblacional tenga las mismas condiciones que las personas indígenas con discapacidad en cuanto al derecho al desarrollo social.

Considera que ser incorporado en la comunidad se refiere al principio de inclusión y participación plena y efectiva en la sociedad, que implica tener una vida social plena y acceso a todos los servicios que ofrecen al público.

Menciona que, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en México viven 2 millones 576 mil 213 personas que se reconocen como afromexicanas.

Agrega que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos señaló que estas personas sufren de invisibilidad, lo que facilita la violación de sus derechos y libertades; de este modo, aumenta su vulnerabilidad, se fomenta su exclusión y la discriminación que viven para acceder a mejores oportunidades de vida.

Ante ello, afirma que es necesario implementar las acciones necesarias para nivelar el acceso a los derechos de las personas afromexicanas con discapacidad.

En consecuencia, el decreto publicado hoy en el DOF es el siguiente:

Decreto. El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos decreta: se reforma la fracción II del artículo 7 y la fracción II del artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Artículo Único.- Se reforma la fracción II del artículo 7 y la fracción II del artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

Artículo 7. ...

I. ...

II. Crear o fortalecer establecimientos de salud y de asistencia social que permitan ejecutar los programas señalados en la fracción anterior, los cuales se extenderán a las regiones rurales, las comunidades indígenas y afromexicanas, considerando los derechos humanos, dignidad, autonomía y necesidades de las personas con discapacidad;

III. a XII. ...

Artículo 21. ...

I. ...

II. Establecer programas para la prestación de servicios de asistencia social para personas con discapacidad en situación de pobreza, abandono o marginación, incluidos servicios de capacitación, asistencia financiera y servicios de cuidados temporales, los cuales se extenderán a las regiones rurales, las comunidades indígenas y afromexicanas;

III. y IV. ...

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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