Publica DOF actualización de la denominación de la Secretaría de Bienestar en la Ley del ISSSTE


Nota No. 9268


Publica DOF actualización de la denominación de la Secretaría de Bienestar en la Ley del ISSSTE


• El decreto entra en vigor mañana jueves 28 de marzo


Palacio Legislativo, 27-03-2024 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación publicó hoy en su edición vespertina el decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de actualización de la denominación de la Secretaría de Bienestar, el cual entra en vigor mañana jueves 28 de marzo.

El 14 de marzo de 2023 el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen correspondiente, que fue enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Armoniza el lenguaje incluyente y no discriminatorio en el marco legal vigente para establecer que son miembros de la Junta Directiva del ISSSTE: la persona titular y dos subsecretarías de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la persona titular de las Secretarías de Salud, de Bienestar, del Trabajo y Previsión Social, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Función Pública y la persona titular de la Dirección General del IMSS.

Menciona que en fecha 30 de noviembre de 2018 se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, mediante el cual se reformó su artículo 26 en el que la Secretaría de Desarrollo Social cambia su denominación por el de Secretaría de Bienestar.

Indica que a esa Secretaría le corresponde, entre otros asuntos: fortalecer el bienestar, la inclusión y la cohesión social en el país mediante políticas de combate efectivo a la pobreza, atención específica a las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos y atención preponderante a los derechos de la niñez, de la juventud, de las personas adultas mayores, de los pueblos originarios y de las personas con discapacidad.

En consecuencia, el decreto publicado hoy en la edición vespertina del DOF es el siguiente:

Decreto. El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos decreta: se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de actualización de la denominación de la Secretaría de Bienestar.

Artículo Único.- Se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 210. La Junta Directiva se compondrá de diecinueve miembros como a continuación se indica:


I. ...

II. La persona titular y dos subsecretarías de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la persona titular de las Secretarías de Salud, de Bienestar, del Trabajo y Previsión Social, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Función Pública y la persona titular de la Dirección General del IMSS, y

III. ...

...

Transitorio

Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

NGM