Nota No. 6203
Publica DOF decreto para incluir en programas de estudio el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
• Se adiciona un párrafo segundo a la fracción XII del artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; entra en vigor mañana miércoles 19
• La SEP tendrá 180 días hábiles para realizar el estudio, análisis y modificación a los planes de estudios para implementar en estos el derecho de las mujeres, adolescentes y niñas a una vida libre de violencias y la educación con perspectiva de género
Palacio Legislativo, 18-04-2023 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción XII del artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incluir en programas de estudio el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Se trata de una adición para que la Secretaría de Educación Pública (SEP) incluya en sus planes de estudio el derecho de las mujeres, adolescentes y niñas a una vida libre de violencias.
También se busca que la educación contenga perspectiva de género e incluya como ejes transversales, la prevención, integración y desarrollo social, así como el logro de la igualdad entre mujeres y hombres.
El dictamen fue aprobado en la Cámara de Diputados en la sesión del Pleno del 8 de marzo de 2022 y fue devuelto al Senado para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.
La adición quedó de la siguiente manera:
Artículo Único.- Se adiciona un párrafo segundo a la fracción XII del artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 45. ...
I. a XI. ...
XII. Eliminar de los programas educativos los materiales que hagan apología de la violencia contra las mujeres o contribuyan a la promoción de estereotipos que discriminen y fomenten la desigualdad entre mujeres y hombres.
La Secretaría tendrá que incluir en los Planes y Programas de Estudio, el derecho de las mujeres, adolescentes y niñas a una vida libre de violencias y la educación con perspectiva de género, los que serán ejes transversales, para la prevención, integración y desarrollo social; y para el logro de la igualdad entre mujeres y hombres;
XIII. a XVI. ...
En sus artículos transitorios se indica:
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- La Secretaría de Educación Pública tendrá 180 días hábiles para realizar el estudio, análisis y modificación a los planes de estudios para implementar en estos el derecho de las mujeres, adolescentes y niñas a una vida libre de violencias y la educación con perspectiva de género.
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