Nota No. 5951
Publica DOF decreto que deroga el numeral 2 del inciso D) de la Fracción XII del Artículo 6 de la Ley del ISSSTE
• Indica que los papás, cuyos hijos murieron y que eran trabajadores del Estado, podrán acceder a sus pensiones
• El documento entrará en vigor mañana sábado 25 de marzo
Palacio Legislativo, 24-03-2023 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este viernes el decreto que deroga el numeral 2 del inciso D) de la Fracción XII del Artículo 6 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de pensiones por ascendencia.
Con esta derogación, personas, cuyos hijas o hijos murieron y que eran trabajadores del Estado, podrán acceder a sus pensiones, con la cual se garantiza este derecho sin importar si ya cuentan con otro de prestación similar.
El decreto entrará en vigor mañana sábado 25 de marzo de 2023.
El dictamen del decreto fue aprobado por la Cámara de Diputados el 6 de septiembre de 2022, y posteriormente ratificado por el Senado de la República, el 2 de febrero de 2023.
EGV