Publica DOF reforma para apoyo nutricional a trabajadoras derechohabientes embarazadas


Nota No. 6325

Publica DOF reforma para apoyo nutricional a trabajadoras derechohabientes embarazadas


•    Se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Seguro Social; entra en vigor mañana miércoles 26 de abril


Palacio Legislativo, 25-04-2023 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación publicó el decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Seguro Social, en materia de apoyo nutricional en periodo de gestación y periodo neonatal.

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el pasado 16 de marzo el dictamen a la minuta que reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Seguro Social, en materia de apoyo nutricional en períodos de gestación y neonatal.

El documento, enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, establece como prestaciones sociales institucionales mediante programas el apoyo a la nutrición de las trabajadoras derechohabientes embarazadas durante la gestación y a sus hijas e hijos en el periodo neonatal mediante el refuerzo y seguimiento nutricional correspondiente.

Destaca la necesidad de abatir el fenómeno de la desnutrición en madres gestantes, por el impacto negativo que genera como consecuencia, durante la etapa de la infancia.

Debe ser un tema considerado como prioritario para el Estado, teniendo en cuenta que la familia es una institución de interés público y, por ende, debe salvaguardarse en todo momento el derecho de sus integrantes a un adecuado desarrollo integral, en todos sus aspectos.

Menciona que en México los derechos humanos de las niñas, niños y las y los adolescentes se encuentran protegidos dentro de la Constitución Política, en las leyes generales y en los diversos tratados internacionales en los que es parte.

En consecuencia, el documento publicado en el DOF quedó de la siguiente manera:

“Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Seguro Social, en materia de apoyo nutricional en periodo de gestación y periodo neonatal.

“Artículo Único.- Se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

“Artículo 210. Las prestaciones sociales institucionales serán proporcionadas mediante programas de:

“I. ...

“II. Educación higiénica, materno infantil, sanitaria y de primeros auxilios; apoyo a la nutrición de las trabajadoras derechohabientes embarazadas, durante la gestación y a sus hijas e hijos en el periodo neonatal mediante el refuerzo y seguimiento nutricional correspondiente; prevención de enfermedades y accidentes;

“III. a IX. ...

“Transitorios

“Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

“Segundo.- El Instituto, con cargo a su presupuesto aprobado, contará con un plazo de 180 días para adecuar su normatividad interna y para adoptar las medidas administrativas, que le permitan establecer la forma en cómo se dará seguimiento nutricional a los menores y establecer el plazo por el cual se podrá otorgar el apoyo nutricional a las madres embarazadas, por lo que no se requerirán recursos adicionales para tales efectos y no se incrementará el presupuesto para el presente ejercicio fiscal”.

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