PVEM propone reformar el Código Penal Federal para regular y castigar venta de uniformes de corporaciones de seguridad públicas o privadas


Nota No. 9462


PVEM propone reformar el Código Penal Federal para regular y castigar venta de uniformes de corporaciones de seguridad públicas o privadas 


• Se busca aplicar de cinco a 12 años de cárcel, y una multa de 200 a 600 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización 


Palacio Legislativo, 20-04-2024 (Notilegis).– El Grupo Parlamentario del PVEM propuso una iniciativa que reforma el Código Penal Federal para regular y castigar la venta de uniformes, divisas y equipo distintivo de corporaciones de seguridad pública, militar, de empresas públicas o privadas proveedoras de servicios, a fin de evitar su utilización en la comisión de delitos.

La propuesta busca aplicar de cinco a 12 años de cárcel, y una multa de 200 a 600 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 21 mil 714 a 65 mil 142 pesos, a quien haga uso de dichos uniformes sin tener derecho a ello, explicó la bancada en un comunicado.

La regulación evita el comercio ilegal de uniformes, insignias, credenciales de identificación, divisas, balizaje, gafetes, escudos, documentos, adheribles, distintivos o piezas que contengan imágenes, siglas u otros elementos utilizados por instituciones de las Fuerzas Armadas o seguridad pública, empresas públicas o privadas prestadoras de servicios de cualquier clase, detalló.

La diputada María del Refugio Hernández Guerrero, a nombre del grupo parlamentario, expuso que "estamos a merced del engaño, cualquiera puede adquirir y hacer uso de estos productos incluso, tocar a la puerta de los ciudadanos y entrar a sus domicilios a delinquir.

"La modalidad para delinquir es muy accesible y en muchos casos inhibe la denuncia, porque las víctimas asumen equivocadamente que las autoridades considerarán como un atenuante o como un criterio para desistir en la investigación del delito, el hecho de que uno mismo abrió la puerta del hogar, otorgando indirectamente el consentimiento para el acceso al domicilio", apuntó.

La reforma impacta dos artículos del código, el 250 y 250 Bis 1, para imponer sanciones y establecer que la venta sólo se realizará en establecimientos fijos autorizados y a personal previamente identificado como miembro activo. Además, la tienda debe llevar un registro pormenorizado de lo vendido, concluyó. 

FQA