Nota No. 7460
Reforma al artículo 65 de la Constitución evita que los legisladores duren en funciones más tiempo que el estipulado en la Constitución: Benjamín Robles
• Se establece el 1 de septiembre como fecha única de inicio del primer periodo de sesiones de cada año legislativo, independientemente de la entrada en funciones del Presidente, señala el diputado del PT
Palacio Legislativo, 08-09-2023 (Notilegis).- En el marco del inicio del primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura, el diputado Benjamín Robles Montoya (PT) destacó la aprobación de la reforma al artículo 65 constitucional, que corrige una contradicción entre artículos y evita que un representante de elección popular dure en funciones más tiempo del establecido en la Carta Magna, lo que habría generado un precedente muy peligroso.
El vicecoordinador del Grupo Parlamentario del PT explicó que en 2014 se aprobaron reformas constitucionales en materia político-electoral, con lo que la actual Legislatura, que inició el 1 de septiembre de 2021, concluiría el 31 de julio de 2024; sin embargo, salieron a la luz discordancias, como la entrada en funciones de la próxima Legislatura el 1° de agosto de 2024 y su término el 31 de agosto de 2027.
En ese sentido, detalló que fue para corregir lo anterior que se llevaron a cabo dichas modificaciones y así, establecer nuevamente, el 1 de septiembre como fecha única de inicio del primer periodo de sesiones de cada año legislativo, independientemente de la entrada en funciones del titular del Ejecutivo Federal.
“No es una reforma en materia electoral, el verdadero fondo es enmendar las deficiencias descritas y no que una Legislatura asuma su encargo, mientras la antecesora sigue en funciones, como se ha dicho; se subsanan deficiencias que implicaban la permanencia de los integrantes de una legislatura un mes más de los tres años que indica expresamente la Constitución para diputados federales y de los seis para senadores”, finalizó Robles Montoya.
NGM