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Certeza jurídica para los concesionarios en aeropuertos


Aída Espinosa Torres

Para evitar una posible duplicidad de pago a los permisionarios y concesiones de las terminales aeroportuarias federales, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la Ley Federal de Derechos, a fin de armonizar la interpretación legal en materia de derechos por el uso de aeropuertos federales, al establecer que los concesionarios no pagarán los derechos previstos en el artículo 232-A, que ya están incluidos en el 220-A del citado ordenamiento.

El dictamen menciona que, con estos cambios, con los que se complementa la reforma a la Ley Federal de Derechos presentada por Ejecutivo Federal el pasado 8 de septiembre y modificada mediante reserva en el pleno de la Cámara de Diputados, los derechos por el uso, goce y explotación de los aeropuertos federales tienen la meta de otorgar, en términos generales, certeza jurídica a todos aquellos concesionarios y asignatarios, así como a los organismos descentralizados que usan o explotan aeropuertos federales.

De ahí que es acertado realizar una reforma a la Ley Federal de Derechos para establecer, de forma expresa, que los concesionarios de aeropuertos federales no estarán obligados al pago de los derechos previstos en el artículo 232-A de la Ley Federal de Derechos, con lo que se armoniza la interpretación legal en la materia por el uso de aeropuertos federales contemplado en el artículo 220-A de dicha ley, para evitar una posible duplicidad de pago derivado una mala interpretación de la norma.

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