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Se amplía el concepto de violencia económica contra las mujeres

Se reformó el artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. La finalidad es actualizar la definición de “violencia económica”. Establece que este tipo de violencia “es toda acción u omisión del agresor que impacta de manera negativa en la economía de la víctima, en su independencia y autonomía financiera. Se manifiesta a través de limitaciones u omisiones para su desarrollo laboral y/o profesional, exigencia de exámenes de no gravidez, así como otros condicionamientos vinculados al género y la maternidad. La percepción de un salario menor por igual trabajo y la explotación laboral”.


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Aumenta la pena por violencia a través de interpósita persona

Se aprobaron reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de los códigos Civil Federal y el Penal Federal en materia de violencia a través de interpósita persona o violencia vicaria. Define y tipifica la violencia a través de interpósita persona como cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio o concubinato, o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora. Lo anterior aplica incluso cuando no se cohabite en el mismo domicilio.


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Se cierra Notimex

El pleno aprobó un dictamen con proyecto de decreto que extingue el Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, no Sectorizado, Denominado Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, y se abroga la Ley que Crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de junio de 2006.


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Fomento a las actividades que prevengan la pérdida y desperdicio de alimentos

El pleno aprobó reformas a la Ley Federal y Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, relativas al fomento de las actividades de recolección, almacenaje, transporte, distribución y cualquier otra acción que prevenga la pérdida y el desperdicio de alimentos.