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El Ejecutivo federal podrá otorgar amnistía directa


Juventina Bahena

El pleno validó la reforma al artículo 9 a la Ley de Amnistía, que facultará al presidente de la República a otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido en este ordenamiento, en casos específicos que reúnan las siguientes condiciones:

Que la amnistía se otorgue a personas que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado mexicano, y que en contra de la persona o personas a las que se conceda la amnistía, se haya ejercido acción penal, estén siendo procesados o se encuentren sentenciados por cualquier delito.

Mediante la reforma, se crea otro tipo de amnistía diversa a la ya regulada en la propia ley, siendo su motivación por razones de transición política y reconciliación nacional, para el esclarecimiento de los hechos y reparaciones proporcionales a las víctimas, a efecto de que se conozca la verdad sobre las violaciones de los derechos humanos y se logre una reparación integral y efectiva del daño.

Se garantiza claramente un derecho a la verdad respecto a asuntos de interés y de justicia para el Estado mexicano, sabiendo que hay asuntos delicados que permanecen abiertos y que requieren de recursos extraordinarios para su subsanación, puntualiza.

Además, se plantea la posibilidad de llegar a conocer cómo ocurrieron ciertos hechos, de que se esclarezcan y como consecuencia estar en aptitud de garantizar el derecho de acceso a la justicia, a la garantía de no repetición de los actos y a que los hechos no queden impunes.


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