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No a la discriminación laboral


La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó el dictamen a la iniciativa que reforma las fracciones III del Apartado A y VII del Apartado B del artículo 123 de la Constitución, en materia de igualdad y no discriminación laboral de personas mayores. No habrá un límite máximo de edad para la contratación de un empleo.

Son más de 15 millones las personas de 60 años y más (12% de la población). Es el grupo con mayor crecimiento demográfico. El artículo 1º constitucional establece: Queda prohibida toda discriminación motivada por la edad, las discapacidades, las condiciones de salud, origen étnico o nacional, el género, la condición social, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

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