La Cámara de Diputados reformó la Ley General de Salud (primer párrafo del artículo 225 y adiciona un tercer párrafo al artículo 226 y el 226 Bis1). Es obligatoria la prescripción médica por denominación genérica de medicamentos. La Secretaría de Salud comunicará a la población sobre la seguridad, eficacia y calidad de los medicamentos genéricos y biocomparables. Se garantiza adquirir medicamentos a menor precio, porque los de patente tienen mayor costo. De esta manera se apoya la salud y economía de las personas, especialmente de quienes sufren enfermedades crónico-degenerativas.
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