Se reformó el artículo 269 de la Ley General de Salud para prohibir en la elaboración, importación y comercialización de productos cosméticos el uso de microplásticos añadidos intencionalmente para exfoliar, pulir o limpiar.
El dictamen, remitido al Senado para su validación, establece que se considerará microplástico a las partículas sólidas de hasta cinco milímetros de diámetro que se utiliza en limpiadores abrasivos, depuradores o exfoliantes cosméticos que, debido a su tamaño, se añaden a las plantas de tratamiento de aguas residuales y generalmente fluyen hacia el océano para ser ingeridos por animales marinos.
La diputada Graciela Sánchez Ortiz (Morena) dijo que los plásticos utilizados en la vida cotidiana pueden tardar entre 400 y mil años en degradarse y, al desecharlos a la basura, llegan a los océanos y se convierten en microplásticos