El 3 de noviembre, por unanimidad de 463 votos, la Cámara de Diputados validó reformas a la Ley Nacional de Ejecución Penal. El objetivo es que las mujeres privadas de su libertad tengan el derecho de conservar la guarda y custodia de su hija o hijo menor de tres años y permanecer en el centro penitenciario, siempre que no contravenga el interés superior de la niñez.
El dictamen, remitido al Senado para sus efectos constitucionales, puntualiza que en el momento en que las hijas o hijos de las internas alcancen la edad máxima de estancia dentro del centro penitenciario, la autoridad deberá implementar una separación sensible y gradual.
Además, procurará que la convivencia de las mujeres con sus hijas e hijos se realice en condiciones que garanticen el interés superior de la niñez. Los centros penitenciarios tendrán espacios separados para la lactancia en donde se garanticen la integridad, seguridad, higiene y privacidad para la interna, su hija o hijo.