El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Se establece que, en el ámbito del Poder Judicial de la Federación, no podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos o fideicomisos adicionales al Fondo Económico para el Mejoramiento de la Administración de Justicia.
En lo particular, el documento fue avalado con 260 votos a favor, 196 en contra y cero abstenciones, los artículos reservados en términos del dictamen y la adición de un artículo transitorio.
El Pleno aceptó adicionar un artículo quinto transitorio para señalar que los recursos a que se refiere el transitorio anterior deberán ser concentrados por concepto de aprovechamientos en la Tesorería de la Federación y se destinarán por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a los programas que permitan cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.