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¿Qué es el Paquete Económico?


Juventina Bahena

Es un paquete de iniciativas que el Ejecutivo federal envía al Poder Legislativo, cada año fiscal –a más tardar el 8 de septiembre– para su análisis y aprobación, en materia de Política Hacendaria, Ingresos y Egresos, que sirven para el funcionamiento y operación de la gestión gubernamental.

En materia de Política Hacendaria se presentan los Criterios Generales de Política Económica para la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes. Estos criterios aportan un panorama de la situación económica internacional y nacional, a fin de estimar los ingresos que se pueden recibir el siguiente año y el gasto público a ejercer.

Este contiene los conceptos bajo los cuales se podrán captar los recursos financieros que permitan cubrir los gastos de la federación durante el siguiente ejercicio fiscal.

Los ingresos públicos se dividen en ingresos ordinarios, que son recaudados en forma regular por el Estado, como los impuestos y los servicios de las empresas estatales.

Los ingresos extraordinarios son recursos que no se obtienen de manera regular, como la enajenación de bienes nacionales, contratación de créditos externos e internos o la emisión de moneda por parte del Banco de México.

Los ingresos están contemplados en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) y pueden incluir diversas leyes en materia de recaudación, conocidas como Miscelánea Fiscal, entre ellas: reformas a la Ley Federal de Derechos, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y el Código Fiscal de la Federación.

Los impuestos que recibe el Estado son medios necesarios para la producción de los servicios públicos generales y se obtienen a través de impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, Derechos, Productos, Aprovechamientos, Ingresos por ventas de Bienes y Servicios, Participaciones, Aportaciones, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos.

En materia de Egresos se presenta el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF). La Constitución reserva como facultad exclusiva de la Cámara de Diputados la discusión, modificación y aprobación del PEF.

Los egresos se refieren a la cantidad, la forma de distribución y el destino de los recursos públicos de los tres poderes, de los organismos autónomos, así como las transferencias a los gobiernos estatales y municipales.

El gasto que se ejerce se divide en Programable: destinado a cubrir la operación de las instituciones de la administración federal para que proporcionen servicios como educación, salud, carreteras o las relaciones con otros países, entre otros.

El Gasto no programable se destina al cumplimiento de obligaciones y apoyos determinados por la Ley, como la deuda pública o las participaciones a entidades federativas y municipios; es decir, que no financia la operación de las instituciones del gobierno federal.


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