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Prohibida la venta de bebidas energizantes a menores: diputado Ricardo Monreal Ávila


Ángel Luna Medina

Nunca más. Ya no se dañará a las niñas, niños y jóvenes. La Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad, la reforma a la Ley General de Salud, a fin de prohibir la venta y suministro de bebidas energizantes a personas menores de 18 años, en todos los comercios.  

Autor de la iniciativa legislativa, el presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal Ávila, elogió la reforma: “atenderá un problema grave, el consumo creciente de bebidas energizantes en menores de edad y en toda la población; pero lo que nos interesa en este momento es proteger la salud de los jóvenes menores de 18 años”.

Alertó: el consumo de bebidas energizantes representa una amenaza grave a la salud pública. Contribuyen al incremento de enfermedades no transmisibles, como la obesidad infantil, la diabetes tipo 2 y trastornos del sueño, además de afectar el sistema nervioso central debido a sus altos niveles de cafeína y azúcar. Pueden originar trastornos neurológicos y psicológicos, ansiedad, insomnio, convulsiones y alucinaciones, así como alteraciones metabólicas que incluyen resistencia a la insulina, daños renales, dentales y gastrointestinales.
También coordinador del grupo parlamentario Morena, el diputado Monreal Ávila destacó que la reforma acompaña los esfuerzos que desde el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, se han implementado para mejorar la salud y la alimentación de la población. Reducirá el impacto negativo que estas bebidas tienen sobre el bienestar de las y los mexicanos, en particular de los grupos que son especialmente susceptibles a sus efectos nocivos.

Legislación saludable

Las bebidas energizantes son aquellas no alcohólicas que contienen mezclas de cafeína, taurina, glucuronolactona, tiamina o cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares. Su consumo ha aumentado exponencialmente en México, sobre todo entre jóvenes de 15 a 18 años, el principal grupo consumidor diario.

La reforma homologará los estándares internacionales con la Norma Oficial Mexicana que emite la Secretaría de Salud; esta dependencia también debe corresponsabilizarse con la medida legislativa que materializa una de las exigencias más preocupantes de los padres de familia: el consumo de las bebidas energizantes y la mezcla de éstas con alcohol o con líquidos que tienen alto contenido de licor.

La reforma modifica y adiciona varios artículos de la Ley General de Salud (215, 216 y 419). Establece: quien incumpla con esta prohibición será sancionado con multas de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización, con el fin de garantizar el cumplimiento estricto de la norma.

El interés superior de la niñez

Así, queda prohibida la venta y suministro de bebidas energizantes a personas menores de 18 años, porque son de alto riesgo.

En  los establecimientos comerciales deberán verificar la mayoría de edad, mediante identificación oficial válida antes de efectuar la venta.

La Secretaría de Salud establecerá las diferentes categorías de bebidas energizantes en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, conforme a los estándares internacionales reconocidos, a fin de catalogar las que ameriten restricciones de consumo, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y el Consejo de Salubridad General, desarrollará campañas informativas sobre los riesgos del consumo de bebidas energizantes en menores y grupos vulnerables, las cuales deberán implementarse en un plazo no mayor a 12 meses contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ya ha advertido sobre los riesgos del consumo excesivo de azúcares y cafeína, especialmente en menores de edad. Estudios de la Agencia Francesa de Seguridad Alimentaria, la Secretaría de Salud y diversas publicaciones científicas internacionales han documentado que el consumo habitual de bebidas energéticas puede provocar afecciones cardiovasculares como hipertensión arterial, arritmias y formación de aneurismas.

Por unanimidad, 401 votos, las y los diputados aprobaron la reforma. El dictamen fue remitido al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

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