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Ampliar catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa


Luz María Mondragón

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Carta Magna, con el objetivo de incluir nuevas figuras delictivas en las que un juez podrá ordenar prisión preventiva oficiosa.  El dictamen se remitió a la Mesa Directiva para efectos constitucionales.

Las modificaciones al artículo 19 de la Constitución Política incorporan que el juez “ordenará” la prisión preventiva oficiosa en los casos de: “extorsión, narcomenudeo, actividades ilícitas relacionadas con el fentanilo y otras drogas sintéticas, conforme a las leyes aplicables”.

Además, en casos de “defraudación fiscal, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales en los términos fijados por la ley”.

Añade que “para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial”.

En los considerandos del dictamen se indica que la prisión preventiva oficiosa constituye un instrumento que, al restringir precautoriamente la libertad de los probables infractores, coadyuva al control de la criminalidad, a la investigación de los delitos y a fortalecer la paz y el orden sociales.

Destaca que se deben prever las figuras delictivas propuestas para contenerlas y redimirlas al emplear el mecanismo de la prisión preventiva oficiosa, sin demérito de los derechos que le corresponden a los que se encuentren sujetos a la medida cautelar.

Reserva

Durante la discusión en lo particular fue aceptada la reserva presentada por el diputado Leonel Godoy Rangel (Morena) para modificar el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política, la cual, dijo, busca dar certeza jurídica y proteger el principio de derecho que señala que no puede haber interpretación por analogía o mayoría de razón y que lo previsto en este artículo 19 solo merezca interpretación literal.

La diputada Paulina Rubio Fernández (PAN) se manifestó en contra del dictamen y afirmó que esta reforma atenta contra los más pobres, toda vez que cuatro de cada 10 personas encarceladas no han sido sentenciadas, es decir, están en prisión preventiva oficiosa. Esta modificación, advirtió, reprueba todos los exámenes de pertinencia que se realicen, ya que no hay investigación para prevenir delitos ni para combatir la impunidad, ni se cuenta con los perfiles correctos para el trabajo. “Viola los derechos humanos y genera efectos perversos en las fiscalías”.

Del PRI, el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez indicó que el mandato de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para sacar de la legislación la prisión preventiva oficiosa, no implica la liberación de 60 mil personas, sino que el juzgador, el procurador y el defensor determinen si se merece tener esa medida o no. Llamó a reflexionar porque la propuesta contraviene la reforma de 2010-2012, sobre el nuevo sistema de justicia penal y se llenará el artículo con un catálogo de tipos delictivos.

El legislador Braulio López Ochoa Mijares (MC) dijo estar en contra de ampliar el artículo 19 y de la prisión preventiva oficiosa porque es violatoria de los derechos humanos y lo han establecido reiteradamente diversos organismos. Recordó que en 2019 se amplió el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa y “esto no ha reducido la incidencia ni siquiera de los delitos que establecieron”. Es una medida que no es efectiva y “se dicen muchas mentiras para justificarla”.  


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