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Entidades y municipios deben transparentar las reglas de operación de sus programas sociales


Luz María Mondragón

Entidades federativas y  municipios tienen que transparentar las reglas de operación de sus programas sociales. Es necesario garantizar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos.

Con 447 votos a favor, se aprobó por unanimidad una reforma al artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social, que fue turnada al Senado para su revisión y discusión.

Dicho artículo ya establece que el Gobierno federal deberá elaborar y publicar en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de los programas de desarrollo social incluidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Tal obligación incluye la metodología, la normatividad, calendarización y asignaciones correspondientes a las entidades federativas. La reforma busca extender tales obligaciones para las autoridades estatales y municipales.

"Los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios deberán elaborar, así como publicar en sus respectivos medios de difusión oficial, las reglas de operación de los programas de desarrollo social incluidos en sus respectivos presupuestos de egresos anuales, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos", dice el párrafo agregado a dicho artículo.

El fin es transparentar el uso de los recursos públicos en todos los órdenes y niveles de gobierno.

Era necesaria una estandarización en la ley para que se transparenten las reglas de operación de los programas sociales de los tres órdenes de Gobierno.

Con la citada reforma también se busca homologar disposiciones con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que prevé la obligación que tienen los entes públicos de publicitar reglas de operación de todos los programas que tienen bajo su mando.

La reforma contribuirá a reducir la discrecionalidad en el manejo de los programas sociales en el ámbito de las entidades federativas y especialmente en todos los  municipios del país, evitando generar menos transparencia en el manejo de recursos públicos.

La modificación atiende al principio de máxima publicidad. Define que toda la información en posesión de los sujetos obligados será pública, completa, oportuna y accesible, sujeta a un claro régimen de excepciones que deberán estar definidas y ser además legítimas y estrictamente necesarias en una sociedad democrática.

La reforma pretende hacer públicas las reglas de operación de las entidades y los municipios para la distribución de recursos públicos. Evitar  el manejo corporativo de los recursos públicos, y que de forma oculta y sectaria sea la publicación de las reglas para, de esta manera, tener el control de éstos.

Se obligará a que se publique de manera oportuna y con transparencia las reglas de operación de todos los programas que manejen, lo que permitirá que éstos sean universales, no se usen con fines electorales y lleguen a donde la gente más lo necesita.


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