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Se determina que el acoso sexual en espacios públicos es una forma de violencia


Juventina Bahena

El pleno aprobó reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, relativo a espacios y transporte públicos libres de violencia y acoso sexual hacia las mujeres. De acuerdo con la reforma, el espacio púbico serán las áreas, espacios abiertos o predios de los asentamientos humanos destinados al uso, disfrute o aprovechamiento colectivo, de acceso generalizado y libre tránsito.

El acoso sexual en espacios públicos se considerará una forma de violencia que conlleva un abuso de poder respecto de las víctimas, sin que medie relación alguna con la persona agresora; se manifiesta a través de una conducta física o verbal de connotación sexual no consentida ejercida sobre una o varias personas, en espacios y medios de transporte públicos, cuya acción representa una vulneración a los derechos humanos.

Precisa que la violencia sexual es la expresión de abuso de poder que se puede dar en el espacio público o privado. Establece que el Estado mexicano debe diseñar políticas públicas dirigidas al desarrollo de espacios y transportes públicos libres de todo tipo de violencia contra las mujeres, las adolescentes y las niñas.


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