Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma y adiciona el artículo 73 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de sentencias accesibles para niñas, niños y adolescentes.
El documento, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, establece que niñas, niños y adolescentes tienen derecho prioritario a participar, a ser escuchados y tomados en cuenta en los procesos judiciales y de procuración de justicia donde se diriman controversias que les afecten.
Precisa que en los juicios y/o procesos donde se conozca de situaciones en las que se encuentren afectados derechos de niñas, niños o adolescentes, la persona juzgadora deberá atender su derecho a la participación y el acceso a la justicia, así como valorar, en cada caso, la pertinencia de emitir sentencia en un formato accesible y en el formato tradicional.
Indica que, en caso de niñas, niños o adolescentes indígenas o afrodescendientes con discapacidad, que se encuentren en albergues o en condición de exclusión social, la sentencia en formato accesible deberá ser emitida de manera oficiosa por la persona juzgadora, contemplando los mecanismos necesarios para que puedan acceder a la información de forma adecuada.
Relata que la sentencia de formato accesible podrá ser solicitada a petición de parte de las niñas, niños y adolescentes involucrados o a través de sus representantes.