Mtro. Adolfo Román Montero
En estos días mucho se ha estado opinando en todos los foros acerca de la posible revocación de mandato a la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, como si fuera una varita mágica o una espada de Damocles, que arreglaría todos los problemas nacionales que enfrentamos como nación.
Consideramos que la mayoría de las cosas que se comentan no corresponden a la realidad jurídica y política de esta figura jurídica. Vamos por partes:
¿Qué es la revocación de mandato? Es un mecanismo de participación totalmente democrático y proveniente de la ciudadanía, que le permite llamar a cuentas a sus gobernantes y evaluar la posibilidad de determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo, derivada de una eventual pérdida de la confianza. Junto con la iniciativa ciudadana, la consulta popular y las candidaturas independientes, se considera una institución de la democracia directa y participativa, complementando nuestro sistema democrático representativo e indirecto.
¿Cuándo se estableció en México? Mediante reforma al artículo 35 Constitucional, que adicionó la fracción IX, en diciembre de 2019.
¿Cuál ha sido el primer y único ejercicio de revocación de mandato a nivel federal que se ha llevado a cabo en México? El primer ejercicio de revocación de mandato se llevó a cabo el 10 de abril de 2022; el resultado fue que 91.86% de los que votaron manifestaron su apoyo al entonces presidente López Obrador, y sólo el 6.44% decidió que se le revocara el mandato. El gran cuestionamiento a dicho ejercicio fue que sólo votó el 17.77% del padrón electoral, siendo requisito para la validez de la votación, que ejerciera su derecho al menos el 40% del padrón.
Como se aprecia, la revocación de mandato tiene una profundidad social, cultural, jurídica y política, como para solo verlo como una mera votación que expresa el enojo, justificado o no, realista o no, tolerable o no, de ciertos sectores sociales. Como se sabe, los gobernantes electos por voto popular ejercen un “mandato” que les otorga la ciudadanía para que cumplan con la Constitución y las leyes que de ella emanan, así como para ajustarse y llevar a cabo el programa de gobierno que ofrecieron a los ciudadanos para convencerlos de votar por ellos.
Por tal motivo, la causal que motiva la revocación de ese mandato, bajo el principio de que “quien tiene poder para otorgarlo, tiene poder para revocarlo”, es la de pérdida de confianza en el gobernante. ¿Qué situaciones, de hecho y de derecho, podrían llevar a considerar que ya no le tenemos confianza a la actual Presidenta de la República?
La polémica actual se desató a raíz de una iniciativa presentada por el diputado Federal de Morena, Alfonso Ramírez Cuéllar, quien propuso empatar la votación de revocación de mandato de la persona titular del Ejecutivo federal, junto con las elecciones ordinarias intermedias para renovar la Cámara de Diputados, es decir, el primer domingo de junio del año 2027, con el argumento de optimizar recursos y aprovechar la participación ciudadana en las urnas.
Pero más allá de fechas en un calendario, la pregunta que todos los ciudadanos nos deberíamos hacer es acerca del concepto “pérdida de la confianza”, en donde, creo yo, subyace lo más importante ¿Qué tuvo o tiene que pasar para perderle la confianza a los gobernantes? ¿Las cosas que actualmente suceden son responsabilidad directa, personal e injustificable, de la actual mandataria? Otra persona que ocupara su lugar ¿haría diferente las cosas? ¿Mejoraría nuestro país?
Los invito a la reflexión profunda.
