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Claves del escenario macroeconómico 2025


LUz María Mondragón

Como cada año, al final de 2024 la Cámara de Diputados determinará una medida estelar, su facultad exclusiva: la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2025, el primer presupuesto del siguiente sexenio, que comenzará el próximo 1º de octubre.

Por esto, adquiere relevancia la futura aprobación del nuevo Paquete Económico (que incluye el PEF y la Ley de Ingresos).

Mientras tanto, ya está proyectado el escenario macroeconómico 2025. Quedó dibujada la primera versión de lo que será el nuevo Paquete Económico. En marzo, la Cámara de Diputados recibió de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) los “Pre-Criterios Generales de Política Económica 2025”, que contienen los principales líneas y objetivos para la Ley de Ingresos de la Federación y el PEF para el Ejercicio Fiscal del próximo año.

El panorama macroeconómico 2025 se basa en las siguientes principales proyecciones e indicadores:

*Producto Interno Bruto. Se proyecta un rango de crecimiento de entre 2.5 a 3.5% en 2024 y de 2 a 3% en 2025; inflación, en 2024, de 3.8 % y para 2025, de 3.3 %. Es decir, el PIB proyectado seguirá creciendo, pero a un ritmo menor al observado en los años anteriores.

*Un tipo de cambio nominal, para finales de 2024 de 17.8 y para 2025 de 18 pesos por dólar. En cuanto al petróleo, el precio de la mezcla mexicana de exportación se prevé en 71.3 dólares por barril en 2024 y de 58.4 en 2025. La producción petrolera pasará de un millón 852 mil a un millón 863 mil barriles diarios.

Gasto Programable

En esta primera versión del Paquete Económico 2025 hay dos elementos que llaman poderosamente la atención y que serán los retos principales en materia de finanzas públicas para la siguiente administración federal, que comenzará el próximo 1 de octubre.

*La reducción del gasto programable pagado sería de 833 mil 664 millones de pesos, respecto de lo estimado para este año, lo que implica un descenso real de 12.1 %.

En 2024 se anticipa el cumplimiento de la meta del balance presupuestario con un nivel de deuda estable y sostenible hacia el mediano plazo. Si bien se prevé mayor déficit presupuestario con respecto al cierre del año anterior, será de carácter transitorio.

Se considera que el incremento del gasto público, en el contexto de la culminación de los principales proyectos prioritarios de infraestructura, tendrá su componente más fuerte en 2024. De esta manera, para 2025 se prevé un menor déficit público respecto de lo estimado para este año, lo cual permitirá que la deuda pública como porcentaje del PIB se mantenga constante y en una trayectoria sostenible.

Por otra parte, los Requerimientos Financieros del Sector Público (RFSP) ascenderán a 5.9% del PIB en 2024, mayores en 0.5 puntos porcentuales (pp) respecto de lo estimado en el Paquete Económico 2024.

No obstante, en 2025 se anticipa un ajuste a la baja del déficit público, que se verá reflejado en un superávit primario y un nivel de los RFSP de 3% del PIB. De este modo, se anticipa que la deuda pública se mantendrá en un nivel estable de 50.2% del PIB en ambos años, por debajo de las previsiones de otras economías emergentes y países con la misma calificación crediticia.

Otro factor relevante para explicar los ajustes en las finanzas públicas es el descenso notorio del gasto público.

El argumento que se presenta en el documento es que es factible realizar este recorte, basado en que durante 2024 hubo gasto no recurrente que ya no tendrá que efectuarse en 2025. En primer lugar, el espacio fiscal generado en 2023 por menores niveles del déficit presupuestario y deuda respecto a los niveles aprobados permitirá partir de una base menor.

Crecimiento

La economía crecerá de 2.5 a 3.5% en 2024 y de 2.3% en 2025, principalmente por una demanda interna sólida y un mercado laboral dinámico.

Asimismo, un factor que seguirá favoreciendo la economía nacional radica en los múltiples tratados comerciales de México con el mundo, sobre todo su posicionamiento como principal socio comercial de los Estados Unidos.

De acuerdo con el documento, para 2025 serán más tangibles los avances de las tecnologías de la información, como la inteligencia artificial, la cual apoyará al aumento de la productividad de distintos sectores que la utilicen y la rentabilidad de las empresas involucradas.

Adicionalmente, estas tecnologías permitirán la entrada de nuevas empresas que ampliarán la oferta hacia los consumidores y harán más eficiente la producción de los medios de consumo.

Aunado a los nuevos encadenamientos productivos generados por la relocalización de empresas, permitirán posicionar a México en la cadena de proveeduría global, beneficiando a los sectores tradicionalmente integrados con Estados Unidos, como a los nuevos sectores que se desarrollen bajo el nuevo paradigma.

Estas previsiones incorporan la contribución de distintas medidas de política económica cuyo propósito ha sido potenciar el crecimiento del país a través del fortalecimiento del mercado interno, reducir la desigualdad del ingreso entre la población y las regiones, así como fortalecer el posicionamiento de México como destino atractivo para invertir.

Normatividad

Por ley, el Ejecutivo tiene hasta el primero de abril de cada año para enviar a la Cámara de Diputados y el Senado el marco macroeconómico preliminar del siguiente año, que estaría delineando las bases para elaborar el Paquete Económico del próximo ejercicio que se debe entregar como fecha límite hasta el 8 de septiembre.

Sin embargo, este año será hasta el 15 de noviembre, a las seis semanas de que el nuevo gobierno federal haya tomado posesión. Y el Congreso de la Unión tendrá hasta el término del periodo ordinario de sesiones para aprobarlo. Aunque también podría acordar un periodo extraordinario, a fin de tener más tiempo para debatir el Paquete Económico 2025.

El documento lo remitió la SHCP con fundamento en los artículos 42, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 31, fracciones III, XIV, XV y XXXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, 7, párrafo primero, en relación con el artículo 12, fracciones XV y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.


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