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La jornada de 40 horas será una realidad en 2030


Juventina Bahena

La Cámara de Diputados aprobó por mayoría calificada reformas al artículo 123, apartado A, fracción IV y XI, para establecer que la semana laboral de 40 horas se alcanzará de 2027 con 46 horas, 2028 con 44, 2029, 42 y 2030 con 40. El dictamen de la propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo determina que, por cada seis días de trabajo, las personas trabajadoras deberán disfrutar de un día de descanso con goce de salario íntegro.

Cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por este tiempo un cien por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias. El trabajo extraordinario no excederá de doce horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo.

La prolongación del tiempo extraordinario que supere lo establecido obliga a la persona empleadora a pagar doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria conforme a lo señalado en la Ley de la materia. Asimismo, las personas menores de dieciocho años no podrán laborar tiempo extraordinario.

En el régimen transitorio se indica que la duración de la jornada laboral a que se refiere el artículo 123, apartado A, fracción IV --40 horas de la semana laboral-- se alcanzará de manera gradual, a partir del 1 de enero del año correspondiente, conforme a: en 2026, la jornada sea de 48 horas; en 2027, 46; en 2028, 44; 2029, 42, y para 2030, en 40 horas.

Aclara que en ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras. En los considerandos menciona que la reforma es un paso firme en el reconocimiento y cumplimiento de las recomendaciones de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, y ubica al país en el camino de abatimiento de desigualdades y en la congruencia de los postulados que emanan de convenios y acuerdos internacionales.

Hace mención que el derecho de las personas trabajadoras a disfrutar del descanso es una oportunidad de lograr mejores estadios de productividad en todos los ámbitos de la sociedad. La reducción de la jornada laboral fortalece el ecosistema laboral, garantiza los derechos de las personas trabajadoras y protege la productividad de las empresas.

Contribuirá a reducir la fatiga laboral, prevenir accidentes y mejorar la salud y seguridad en el trabajo, así como fortalecer el equilibrio entre la vida personal, familiar y laboral, lo que tendrá efectos positivos tanto en el bienestar laboral como en la productividad, en beneficio de 13.4 millones de personas trabajadoras mexicanas, enfatiza.

Puntualiza que la reforma constitucional coloca en el centro el bienestar de las personas trabajadoras sin descuidar la productividad y la estabilidad económica del país, por lo que, sin duda, consolidará una transformación histórica del mundo del trabajo.

Reformas laborales

  • Entre 2018 y 2025, el poder adquisitivo del salario mínimo ha crecido 154%. A partir del 1 de enero de 2026, el salario mínimo general en México aumentó a 315.04 pesos diarios, es decir, 9,582.47 pesos mensuales. 
  • Febrero, 2026. Se aprobó una jornada máxima de 40 horas semanales, manteniendo salarios y prestaciones íntegros. El ajuste será progresivo a partir de 2027 hasta 2030.
  • 2025. Reforma al Infonavit. Se respetará el esquema tripartito y se creará una empresa constructora del Infonavit con orientación a la vivienda social y se permitirá que se puedan fiscalizar los recursos por parte de la Auditoría Superior de la Federación para evitar casos de corrupción.
  • En junio de 2025 se aprobó una reforma a Ley Federal del Trabajo para que los empleadores proporcionen sillas con respaldo a su personal y les permitan descansos sentados durante los lapsos en los que no se interfiera con la operación del negocio. Aunque no se fija un tiempo mínimo de descanso, expertos en salud laboral sugieren al menos cinco minutos de descanso por cada hora trabajada, especialmente en turnos que superen las seis horas. 
  • A partir del 1 de julio de 2025, las plataformas digitales en México están obligadas a afiliar al IMSS a sus trabajadores (repartidores y conductores), garantizando acceso a seguridad social completa (salud, riesgos de trabajo, guarderías y pensiones) si generan al menos un salario mínimo mensual.
  • En 2024 se aprobó que la fijación anual de los salarios mínimos generales o profesionales, o su revisión, nunca estará por debajo de la inflación observada durante el periodo de su vigencia. 
  • En diciembre de 2023 se reformó una prestación que no se había modificado en más de 50 años en el sector privado, con la que se eleva de 6 a 12 los días de vacaciones; después de un año, el tiempo mínimo de descanso pasó de 6 a 12 días, con un avance progresivo de dos días por año de antigüedad; es decir, a 30 años de antigüedad corresponderán 30 días de vacaciones y de 30 a 35 serán 32.
  • A finales de 2022 se aprobaron cambios para reconocer el derecho a la seguridad social de personas trabajadoras del hogar, tras los resultados obtenidos en dos fases de un programa piloto creado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • A finales del 2022, el Congreso de la Unión aprobó que las parejas del mismo sexo puedan tener acceso a los beneficios de la seguridad social, como pensiones y guarderías, luego de reconocer la figura de unión civil.
  • En 2021 se reconoció la figura del trabajo remoto y establecieron nuevas obligaciones a los empleadores como asumir los gastos de luz o de internet de los trabajadores que realizan home office y respetar la desconexión digital de sus empleados.
  • En 2022 entró en vigor la modificación a la LFT que permitió la mano de obra en el campo de adolescentes de entre 15 y 17 años, siempre que sean actividades no riesgosas que involucren el uso de químicos, manejo de maquinaria, vehículos pesados, y los que determine la autoridad competente.
  • En abril de 2021 la subcontratación de personal quedó prohibida luego de la entrada en vigor de la reforma que le cerró la puerta al outsourcing. Estas modificaciones legales establecieron nuevas reglas para la tercerización de servicios y otras especialidades y también fijó altas sanciones para quienes incumplan la legislación.
  • En 2020 se reconoció el derecho de los padres trabajadores de acceder también al beneficio de las guarderías del IMSS para sus hijos. 
  • En 2019 se aprobó un permiso para padres y madres trabajadores que tengan hijos menores de 16 años diagnosticados con cáncer. La licencia es de hasta 28 días cuando se requiera descanso médico u hospitalización; es otorgada por el IMSS y puede ser extendida las veces que sea necesaria por un lapso máximo de tres años y sin exceder 364 días.
  • La reforma de 2019 a la LFT puso fin a las juntas de Conciliación y Arbitraje y dio vida a los centros de conciliación y a los tribunales laborales federales y estatales, esto como parte de un nuevo mecanismo de solución de conflictos entre patrones y empleados. Definió nuevas reglas de democracia sindical y negociación colectiva al incorporar el voto personal, libre, directo y secreto en la elección de líderes sindicales y ratificación de contratos colectivos. Esta reforma fue parte de las condiciones para la aprobación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC)



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