En el campo de batalla de la historia actual sobrevuelan nuevos relatos. Uno es el presente papel protagónico de las Fuerzas Armadas, como la Secretaría de Marina (Semar) en la vida pública.
Fue en 1942 cuando se decretó que el 1º de junio es el “Día de la Marina Nacional”. Desde entonces la institución se ha transformado, aumentó funciones, presupuesto y culto. Especialmente se ha fortalecido su peso en la seguridad pública y realización de obras prioritarias del gobierno federal.
*A fin de solucionar el grave problema de inseguridad pública del país, en 2019, por unanimidad, todos los Grupos Parlamentarios de la Cámara de Diputados aprobaron reformas constitucionales (artículos 10, 16, 21, 31, 35, 36, 73, 76, 78 y 89) que determinaron la participación de las Fuerzas Armadas en las calles.
Nació la Guardia Nacional con elementos de la Semar y Sedena. La Carta Magna mandata su carácter y mando civil. La participación militar con fecha de caducidad: hasta marzo de 2024. Luego, deberían abandonar las calles y regresar a sus cuarteles.
Punto relevante es el artículo quinto transitorio de la Constitución: “Durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública, de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”.
En 2022, ya no por unanimidad, las y los diputados aprobaron ampliar la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública hasta 2028.
La reforma modificó el párrafo primero y adicionó los párrafos tercero y cuarto al Artículo Quinto Transitorio del Decreto de reformas a la Constitución Política, en materia de Guardia Nacional (DOF, 26 de marzo de 2019) que permitía la participación del Ejército y la Marina solo hasta 2024. El cambio amplió de 5 a 9 años la presencia de los militares en las calles. Se estableció un enfoque de respeto a los derechos humanos, así como a las garantías de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos.
*En diciembre de 2022 la Cámara de Diputados validó reformas que dan más atribuciones a la Secretaría de Marina y Armada de México, a fin de construir y administrar obras de interés y seguridad nacional, y darle facultades expresas de vigilancia e inspección en áreas estratégicas y prioritarias, como ya está previsto en el caso del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.
Se modificaron las leyes orgánicas de la Administración Pública Federal y de la Armada de México, con el propósito de que los marinos protejan y administren instalaciones consideradas sensibles. Las obras marítimas, portuarias y de dragado que requiera el país. Y autorizarlas cuando sobrepasen sus capacidades técnicas y operativas.
Otra facultad: coadyuvar en la vigilancia y protección de instalaciones estratégicas prioritarias vinculadas al desarrollo nacional.
En 2022 la Cámara de Diputados aprobó reformas a los artículos 15 y 30 de la Ley General de Educación, con el objetivo de que en los planes y programas de estudio de la educación que imparta el Estado se incluya el fomento de la conciencia marítima.
La Secretaría de Educación Pública hará las adecuaciones pertinentes para que los planes y programas de estudio, así como los libros de texto gratuitos, integren este aprendizaje. Las y los niños deben conocer la extensión marítima sobre la que nuestro país ejerce soberanía y jurisdicción, además de la responsabilidad de su protección
En el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2024 la Secretaría de Marina alcanzó cerca de 72 mil millones de pesos, debido a los proyectos de infraestructura y programas estratégicos que se le han encomendado. La Marina es la encargada de la construcción y operación del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec. En el PEF 2023 tuvo 41 mil 878 millones 142 mil 593 pesos. Además, la Semar es de las pocas dependencias autorizadas a crear nuevas plazas, para lo cual se le asignarían 994 millones de pesos.
Sin embargo, la fiscalización de sus recursos no está en manos civiles. La Ley Orgánica de la Secretaría de la Función Pública (SFP) señala que los titulares del Órgano Interno de Control (OIC) deben ser personas ajenas a las instituciones o dependencias, lo que garantiza imparcialidad.
En 2021, la Comisión de Marina determinó una “opinión en sentido negativo” a la iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Ley Orgánica de la Armada de México, con el objetivo de que los titulares de los órganos de control interno (OIC) de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina sean nombrados por la Cámara de Diputados.