El 1º de septiembre emerge la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados. Hasta el momento de cerrar esta edición, su configuración no está definida. Mientras tanto se ha intensificado el debate. Su integración acapara reflectores debido, principalmente, a los temas de sobrerrepresentación y subrepresentación, contrario a la pluralidad, valor que tutela la Constitución.
Será a más tardar el 23 de agosto cuando el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determine la asignación de las 200 diputaciones plurinominales que correspondan a cada Grupo Parlamentario, decisión que definirá la configuración final de la Cámara Baja para el trienio 2024-2027.
La conformación de la LXVI Legislatura es facultad exclusiva del INE. Sin embargo, el 17 de julio, Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, encendió el debate cuando anunció la proyección de la esperada configuración de la Cámara de Diputados.
De acuerdo a esta proyección de la titular de la SEGOB, la coalición “Juntos Haremos Historia” (integrada por Morena, PT y PVEM) tendrá 373 diputadas y diputados, lo que representa el 74.6% en la Cámara Baja. Es decir, lograrían la mayoría calificada que da la posibilidad de realizar todos los cambios que quieran a la Constitución, no solo a las leyes.
En cambio, el “Frente Amplio por México” (PAN, PRI y PRD) solo tendrían 101 legisladores, lo que significa apenas el 20.2% de las curules. A Movimiento Ciudadano le corresponderían 25 diputaciones. Es decir, apenas 5%. En total, los opositores obtuvieron 41% de los votos y solo obtendrán 25.4% de las curules en la Cámara de Diputados.
La normatividad marca límites a la sobrerrepresentación de los partidos para que no tengan una mayoría legislativa superior al 8% de los votos obtenidos en los comicios nacionales.
La Constitución mandata, en el artículo 54, fracción V: “En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Cámara, superior a la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el ocho por ciento” (DOF 22-08-1996).
El oficialismo demanda la interpretación literal del artículo 54 constitucional, fracción V. La oposición y organizaciones de la sociedad civil como el Observatorio Ciudadano piden no limitarse al texto literal sino al valor que tutela: el pluralismo político.
Cabe recordar que la noche del 2 de junio, Claudia Sheinbaum ofreció gobernar para todos los mexicanos “Concebimos un México plural, diverso y democrático…Sabemos que el disenso forma parte de la democracia y aunque la mayoría del pueblo respaldó nuestro proyecto, nuestro deber será siempre velar por cada uno de los mexicanos, sin distingos”. Este discurso inicialmente encendió la esperanza de que se respetaría el pluralismo.
La oposición argumenta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha resuelto, por ejemplo, una acción de inconstitucionalidad 6/98 promovida por Andrés Manuel López Obrador, en su calidad de presidente del PRD, contra la sobrerrepresentación establecida en la legislación electoral de Quintana Roo, en 1998.
Sobre la paridad de género, la Legislatura LXII comenzó con 184 diputadas; la LXIII, con 213; la LXIV, con 241 legisladoras, hasta llegar a la LXV con paridad absoluta.