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Pensión de viudez sin restricciones


Juventina Bahena

Se derogaron las fracciones II y III del artículo 132 de la Ley del Seguro Social, y del artículo 136 de la Ley del ISSSTE, con el fin de eliminar las barreras de acceso al derecho de personas beneficiarias de recibir la pensión de viudez en igualdad de circunstancias y sin discriminación. El IMSS y el ISSSTE deberán considerar en sus presupuestos de los próximos años la cantidad necesaria para cubrir estas pensiones, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público asignarlo, y la Cámara de Diputados aprobarlo.

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