Un congreso local es el Poder Legislativo de una entidad federativa y se integra únicamente por diputados que desempeñan su encargo durante tres años.
Principales atribuciones:
• Legislar en las materias que no sean de competencia exclusiva de la federación.
• Decretar las contribuciones para cubrir gastos de la entidad y municipios.
• Aprobar el presupuesto anual de la entidad.
• Fiscalizar el gasto público estatal.
• Ejercer ante el Congreso de la Unión el derecho de iniciativa de leyes.
• Aprobar reformas a la Constitución aprobadas por el Congreso federal.
El número de representantes en las legislaturas de los estados es proporcional al de sus respectivos habitantes. Al igual que los legisladores federales, los diputados locales son electos según los principios de mayoría rela- tiva y de representación proporcional. La reelección de diputados locales puede ser hasta por cuatro periodos consecutivos 12 años de acuerdo con cada una de las constituciones estatales.
De esta forma, el Poder Legislativo está depositado en el Congreso de cada entidad federativa, y tiene la función de legislar en las materias que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución de la entidad le otorguen, así como ejercer las demás atribuciones que le confiere su ley orgánica y disposiciones aplicables.
Cabe señalar que la Constitución prevé disposicio- nes específicas para los estados y los municipios en el artículo 115.
El artículo 73 Constitucional, en sus XXXI fracciones, integra el universo de facultades del Congreso federal para legislar en todas las materias que le son señaladas específicamente. Sin embargo, hay facultades exclusivas de la Cámara de Diputados, que regulan los artículos 74 y 75 y la de Senadores, en el artículo 76.