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Derechos de propiedad intelectual, ¿revés para el Plan México en el marco del TMEC?


Dra. Mónica Guadalupe Chávez Elorza1
Docente investigadora de la Unidad Académica de Estudios del Desarrollo de la Universidad Autónoma de Zacatecas

Los derechos de propiedad intelectual (DPI) operan como un cerco al conocimiento existente para que las empresas, en su mayoría ya consolidadas en un mercado puedan: i) impedir a nuevas empresas y nuevos productos que entren en el mercado, ii) fijar precios del producto o bien en cuestión y/o iii) determinar en qué medida pueden las empresas irrumpir con innovaciones disruptivas.

            En general, para crear nuevas invenciones se requiere del conocimiento previo, inversión, recursos humanos altamente cualificados e infraestructura disponible de punta. Estas invenciones sólo logran traducirse en innovaciones hasta que sean incorporadas en el sistema productivo, por tanto, muchas invenciones patentadas no producen nada, solo salvaguardan el liderazgo de la empresa en cuestión.

La patente es un tipo de DPI que, en general, en los años 80 tuvo un auge con el surgimiento de la Organización Mundial del Comercio (OMC), a través del establecimiento de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC). Las patentes buscaron retribuir a aquellas empresas sus inversiones en Investigación y Desarrollo (I+D).

Vale decir que existe un debate de si es necesario retribuir a aquellas empresas que invierten en I+D a través de la explotación de la invención obtenida con el cerco de los derechos de propiedad intelectual, ya sea para que pueda vender la patente o bien para que pueda licenciar su uso.

 Algunos consideran que es justo el tiempo de explotación que reciben las empresas a través de la explotación de la patente -usualmente por 20 años-, mientras que otros argumentan que no hay necesidad de hacer esto, dado que las empresas y los inventores siempre estarán creando nuevas invenciones aún sin la retribución correspondiente.

A fines de los 80 y principios de los 90, México se incorporó a la OMC y se insertó en la esfera mundial comercial con la adecuación de los estándares mínimos de DPI, lo que implicó reformas en las leyes nacionales de propiedad industrial que se volvieron mucho más beneficiosas para las empresas, especialmente para las transnacionales.

 En 1994, con la firma del Tratado de Libre Comercio (TLCAN), el capítulo destinado a DPI fue aún más benéfico para las empresas transnacionales, sobre todo porque no se marcaron salvaguardas para que se fomentara la transferencia de tecnología hacia empresas mexicanas o bien para que empresas transnacionales crearan mercados o encadenamientos hacia adelante o hacia atrás en el país.

Esta adopción del Sistema Internacional de Patentes que favorece a las empresas transnacionales trajo como consecuencia que en México el sector farmacéutico fuera eliminado de manera importante al poner a las empresas mexicanas a competir con las extranjeras, pues las nacionales ya no podían utilizar ingeniería inversa para producir medicamentos.

Recientemente, el TMEC ha ido más lejos del Sistema Internacional de Patentes, de tal suerte que se han dado aún más beneficios a las empresas transnacionales que solicitan patentes en el país. Se tiene que debe haber una compensación en años por el tiempo de demora o atraso en los procesos de solicitud de patentes, puede haber dobles usos de la patente otorgada y se restringieron los datos de prueba, lo que implica que se retrase aún más el uso de patentes vencidas para la fabricación de medicamentos.

Adicionalmente, se otorgó derecho de patentamiento a seres biológicos, esto es un debate importante, porque muchos autores argumentan que este tipo de conocimientos no son invenciones, sino que más bien se trata de descubrimientos, por ejemplo, el ADN no es una invención, sino que es un descubrimiento.

Así, ante este escenario ¿cómo se puede fomentar la generación de invenciones e innovaciones endógenas en el país? Es necesario tener en cuenta que para que un país pueda tener liderazgo en la producción de un bien debe contar con el control de toda la cadena de producción, esto implica incluso que debe patentar el conocimiento adquirido de todos estos procesos y productos.

 En ese sentido, el Plan México ha dado algunas directrices sobre los sectores estratégicos en los que el país busca desarrollar un liderazgo, las vacunas, por ejemplo. Esto implicaría que la producción de estas tenga un ciclo cerrado y que el patentamiento sea un instrumento que permita dominar todas las etapas, desde diseño, producción hasta comercialización.

Por tanto, el capítulo de derechos de propiedad intelectual en el TMEC debe ajustarse a los intereses que el país busca desarrollar y liderar. No significa que todo lo que se firmó se eche atrás, pero sí lo relacionado con, al menos, los sectores estratégicos que se buscan fomentar.

 Esto parece, por tanto, una negociación bastante compleja dado que se tocarían intereses de empresas transnacionales, como las farmacéuticas. No obstante, el reto permanece si se busca que el país pueda avanzar en los sectores que se ha fijado como meta.

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