Para garantizar el buen desempeño y resultados confiables de cada una de las etapas de las votaciones es necesario reconocer el papel que desempeñan las autoridades electorales, tanto en el ámbito administrativo como en el jurisdiccional. Asimismo, se considera que es la base para alcanzar y mantener la estabilidad en la vida democrática de todo país.
En este sentido, la Coordinación de Servicios de Información, Bibliotecas y Museo, la Dirección de Servicios de Información y Análisis Especializados, junto con la Subdirección de Análisis de Política Interior de la Cámara de Diputados desarrolló un análisis sobre la naturaleza de las autoridades electorales, que incluye un comparativo de 19 países, en su mayoría de América Latina.
En este análisis se identificaron las distintas funciones administrativas y jurisdiccionales en este ámbito, tanto los casos donde están divididas en diferentes entes del Estado como aquellos en los que las funciones de organización y de resolución de controversias se concentran en uno solo. También se señalan los órganos subnacionales en la materia.
Se advierte que cada país observado tiene un mecanismo político-electoral único, resultado de condiciones nacionales que se conforman y evolucionan de acuerdo con su idiosincrasia y el acontecer público, así como del entendimiento y dinámica de cooperación entre sus instituciones públicas, el cual queda plasmado en sus ordenamientos jurídicos.
Se analizó, en varios de los casos, que hay diversos grados de concentración de funciones, organización y supervisión en un solo órgano, incluso sobre aspectos relacionados con la solución de controversias. La responsabilidad recae en un órgano de carácter administrativo, o en su caso, en el ámbito judicial a través de un Tribunal en esta materia.
Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela son los países analizados.
De acuerdo con el análisis Naturaleza de las autoridades electorales, una institución en esa materia se encarga de cumplir algunas de las funciones del Estado relacionadas con la organización y vigilancia de los procedimientos democráticos de acceso al poder público.
El papel fundamental de las autoridades electorales es clave para el funcionamiento de la democracia moderna. En un régimen democrático, los ciudadanos eligen mediante el voto a sus representantes, quienes tomarán en su nombre las decisiones políticas. Garantizar la celebración auténtica y periódica de las elecciones es la tarea fundamental de las autoridades electorales.
Las delimitaciones del poder en las autoridades electorales están regidas por la ley, ya que sólo pueden realizar acciones que le están expresamente permitidas en las normas vigentes, es así que la legislación mexicana en materia electoral prevé un complejo sistema de mecanismos de protección de los derechos ciudadanos, tutelados por las autoridades administrativas y jurisdiccionales.
En el caso mexicano, este sistema está encabezado por el Instituto Nacional Electoral (INE), como la autoridad administrativa máxima, y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a nivel federal, así como con una réplica subnacional a través de los Organismos Públicos Locales (OPLES) y los Tribunales en la materia, por cada una de las 32 entidades.
En lo referente al tipo de autoridades que actualmente se encuentran vigentes en nuestro sistema democrático, de acuerdo con su naturaleza, ya sea administrativa o jurisdiccional, está, en primer lugar, el Instituto Nacional Electoral (INE), autoridad administrativa nacional.
El INE es el organismo público autónomo encargado de organizar las elecciones federales, es decir, la elección del Presidente de la República, diputados y senadores que integran el Congreso de la Unión, además de organizar, en coordinación con los sistemas electorales de las entidades federativas, las elecciones locales en los estados de la República y Ciudad de México.
En el ámbito estatal, los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) tienen en sus funciones promover mayor coordinación y vinculación con el INE. Organizan las elecciones en su entidad federativa para designación de gobernadores, diputados locales, alcaldes, integrantes de los ayuntamientos, Jefe de Gobierno.
Son autoridad en materia electoral, en los términos que establece la Constitución, la LEGIPE y las leyes locales correspondientes. Están dotados de personalidad jurídica y patrimonio propios; gozan de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones.
La autoridad jurisdiccional a nivel nacional recae en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Es un órgano especializado del Poder Judicial de la Federación, encargado de resolver controversias electorales, así como proteger los derechos político-electorales de los ciudadanos; es decir, de impartir justicia en su ámbito. Su propósito fundamental es actuar como la máxima autoridad en materia de justicia electoral y garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad en los actos y resoluciones electorales.
Los países que se analizaron en este estudio son: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. El análisis comprende los cuadros comparativos de la regulación a nivel constitucional y de legislación en materia electoral.
En este comparativo se observó que se contemplan autoridades duales, es decir, que cuentan con una autoridad que atiende tareas administrativas y otra de carácter jurisdiccional. En un segundo caso, se agrupan los países que tienen una autoridad única, la cual abarca cuestiones de estos dos ámbitos, o en su caso, de una sola dependen otros órganos electorales de naturaleza diversa.
