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Prioritario, eliminar expresiones de violencia dentro y fuera de las instituciones


Aida Torres Espinosa

Eliminar todas las expresiones de violencia, colocar el tema del acoso, el hostigamiento y la discriminación como los objetivos a combatir en todas las áreas de nuestra vida, no sólo en el entorno laboral, sino también en el ámbito familiar, son los propósitos centrales de la Unidad para la Igualdad de Género de la Cámara de Diputados.

Así lo explicó su titular, Yuriria García Núñez, quien agregó que el camino comienza con la sensibilización sobre discriminación, acoso y hostigamiento sexual y laboral. El tema va más allá de saber la diferencia entre acoso y hostigamiento, reiteró. “Tenemos que interiorizarlo, hacerla nuestra responsabilidad como servidores públicos para prevenir o atender estas conductas y no sólo eso; es preguntarnos qué estamos haciendo desde nuestras familias y equipos de trabajo para eliminar estas expresiones de violencia”.

Para determinar las desigualdades históricas entre los géneros y los atributos sociales y culturales que vulneran los derechos humanos de las personas, uno de los principales aspectos a desmenuzar es saber qué es la perspectiva de género, la cual surge como un análisis político, social y cultural que observa las diferencias entre los sexos mujer y hombre.

Otro de los conceptos que debemos tomar en cuenta para abordar el tema de acoso y hostigamiento es la discriminación.

Discriminación

La Conapred define la discriminación como una práctica cotidiana que consiste en dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o grupo, que a veces no percibimos, pero que en algún momento la hemos causado o recibido. De acuerdo con los Lineamientos de la Cámara de Diputados, la discriminación laboral se configura por condiciones que implican diferenciar entre las y los trabajadores, por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.

En este sentido, es importante identificar todos estos factores de la discriminación. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) ha determinado que dado que las mujeres experimentan formas múltiples e interrelacionadas de discriminación, que tienen un agravante efecto negativo, su Comité reconoció que la violencia por razón de género puede afectar a algunas mujeres en distinta medida, o en distintas formas, lo que significa que se requieren respuestas jurídicas y normativas adecuadas. Al ratificar la Convención, los países están obligados a implementar acciones para terminar con la discriminación en contra de las mujeres y niñas en todas sus formas, mediante el establecimiento de leyes y políticas que las protejan de la discriminación.

Acoso sexual

Tanto la OIT como la Cedaw identifican el acoso sexual como una manifestación de la discriminación de género y una forma específica de violencia contra las mujeres. El acoso sexual es una violación de los derechos fundamentales de las trabajadoras y los trabajadores, constituye un problema de salud y seguridad en el trabajo y es una inaceptable situación laboral.

De acuerdo con los Lineamientos del Comité para la Institucionalización de la Política de Igualdad y no Discriminación, y del Procedimiento para Prevenir y Atender Actos de Violencia, Acoso y Hostigamiento Sexual y Laboral en la Cámara de Diputados, “el acoso sexual es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.”

¿Cómo se manifiesta el acoso sexual?

El acoso sexual puede presentarse de distintas maneras:

1. Como chantaje: cuando se condiciona a la víctima con la consecución de un beneficio laboral −aumento de sueldo, promoción o incluso la permanencia en el empleo− para que acceda a comportamientos de connotación sexual.

2. Como ambiente laboral hostil en el que la conducta da lugar a situaciones de intimidación o humillación de la víctima. Los comportamientos que se califican como acoso sexual pueden ser de naturaleza:

• Física: violencia física, tocamientos, acercamientos innecesarios.

• Verbal: comentarios y preguntas sobre el aspecto, el estilo de vida, la orientación sexual, llamadas de teléfono ofensivas.

• No verbal: silbidos, gestos de connotación sexual, presentación de objetos pornográficos.

OIT

En el transcurso de los talleres impartidos por la Unidad de Igualdad de Género, se hace hincapié que tanto hombres como mujeres son objeto de acoso sexual. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) advierte que, si bien los estudios ponen de relieve que la mayoría de estos actos son hacia las mujeres, también existen investigaciones que muestran que el tipo de mujer más vulnerable al acoso sexual es la mujer joven, económicamente dependiente, soltera o divorciada y con estatus de inmigrante. Con respecto de los hombres, quienes sufren un mayor acoso son los jóvenes, homosexuales y miembros de minorías étnicas o raciales.

Hostigamiento laboral y sexual

El hostigamiento laboral es el ejercicio del poder en una relación de subordinación de una persona frente a la persona probable infractora en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas. El hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.

Repercusiones psicosociales

En conclusión, todas estas conductas llevan a efectos psicosociales e impacto directo en la salud. Los efectos negativos de la discriminación relacionados con la pérdida de derechos y la desigualdad para acceder a ellos, se traducen en aislamiento, estrés, baja autoestima, depresión, vivir violencia y en muchos casos a perder la vida. Vemos que día con día hay grupos humanos que son víctimas de la discriminación todos los días por alguna de sus características físicas o su forma de vida.

El origen, la violencia en el hogar

La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares mide la dinámica de las relaciones de pareja en los hogares, así como las experiencias de las mujeres en la escuela, el trabajo y la comunidad con distintos tipos de violencia. En el 2016, la encuesta arrojó que el 66.1 por ciento de las mujeres han sufrido, al menos, un incidente de violencia emocional, económica, física, sexual o discriminación a lo largo de su vida en al menos un ámbito y ejercida por cualquier agresor. 49.0%, violencia emocional, 41.3%, violencia sexual; 34.0% sufrieron violencia física, el 29.0% violencia económico patrimonial o discriminación en el trabajo.


De acuerdo con una reciente investigación del Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género (CELIG), de la Cámara de Diputados:

El número de llamadas a las líneas telefónicas de asistencia ha aumentado significativamente como consecuencia del incremento de las tasas de violencia durante la pandemia de Covid-19.



Atención para prevenir actos de violencia

La Cámara de Diputados aprobó y publicó los Lineamientos del Comité para la Institucionalización de la Política de Igualdad y no Discriminación, y del Procedimiento para Prevenir y Atender Actos de Violencia, Acoso y Hostigamiento Sexual y Laboral en el Palacio Legislativo de San Lázaro. 

En este documento se contempla la integración, organización, operación y funcionamiento del Comité para la Institucionalización de la Política de Igualdad y no Discriminación de la Cámara de Diputados.

Define el procedimiento para la atención inmediata a todas las personas que denuncien actos de violencia, acoso y hostigamiento sexual y laboral en la Cámara de Diputados.

Define la instauración de una Oficina de Atención a Denuncias, que tendrá personal especializado para la atención inmediata y urgente a las personas que lo necesiten, incluyendo atención médica y psicológica.

Se anexa liga de la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados del 24 de febrero de 2020: https://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/64/2020/feb/20200224-II.pdf 



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