El Poder Judicial de la Federación, a través de sus órganos jurisdiccionales tiene día a día mayor impacto en las decisiones legislativas; influye constantemente en el quehacer parlamentario y se consolida como un seguidor del Congreso de la Unión. Basta ver el número creciente de sentencias firmes vinculatorias que han llegado a la Cámara de Diputados, lo que pone en relevancia la vigencia del Estado constitucional democrático mexicano.
Incentivado por ello, se han dado posicionamientos en los distintos grupos parlamentarios del Congreso respecto del papel de algunos jueces en las decisiones legislativas. Se trata de disertaciones que van desde reconocer el trabajo de los órganos jurisdiccionales como articuladores del control de las funciones del Poder Legislativo, hasta adjetivar su trabajo como activismo judicial-político que violenta la letra de la Constitución y estimula la hipertrofia del Poder Judicial.
Más allá de ese diálogo, por demás cautivador sobre los alcances de los jueces en las actividades parlamentarias, es de relevancia plantear algunas reflexiones sobre el escenario inmediato actual del papel activo del Partido Acción Nacional (PAN), el partido Revoluionario Institucional (PRI) y del Partido de la Revolución Democrática (PRD), principalmente, para acudir a las instancias jurisdiccionales y controvertir la reforma política-electoral, recientemente aprobada.
En fecha 06 de diciembre de 2022, la diputada Graciela Sánchez Ortiz, quien preside la Comisión de Reforma Política-Electoral de la Cámara de Diputados, presentó dos iniciativas con proyecto de decreto, a nombre propio y del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), las cuales fueron hechura del titular del Poder Ejecutivo federal, y solamente tuvieron modificaciones mínimas de último momento.
La primera: con Proyecto de Decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; de la Ley General de Partidos Políticos; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral; y la segunda, por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Ambas iniciativas con proyecto de Decreto se presentaron formalmente en el Pleno camaral, con la solicitud de la proponente, diputada Graciela Sánchez, al presidente de la Mesa Directiva, diputado Santiago Creel Miranda, para que con fundamento en el artículo 82, numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados se tramitaran de urgente resolución. Es importante mencionar que de otra manera se hubiesen enviado a las Comisiones Unidas para su dictamen. Dicho dispositivo establece lo siguiente:
Artículo 82.
1. …
2. Un asunto podrá ser sometido a discusión y votación del Pleno sin que se presente el dictamen de comisión respectivo cuando:
I. Se tramite de urgente u obvia resolución, y
II. …
III. …
Por otra parte, es importante subrayar que las Iniciativas en los términos presentada a la Cámara de Diputados por parte del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, fueron turnadas a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral y de Gobernación y Población, con número de expedientes 5261(2) y 5262 (3) , que actualmente reposan en su vigencia de reglamentaria, aunque ya sin materia para ser dictaminada por las Comisiones Unidas, respectivas.
Desde una perspectiva de austeridad y desempeño, las iniciativas impactan en los derechos políticos, la justicia y en las instituciones electorales, así como en la materia de comunicación social y de responsabilidad administrativa. Buscan garantizar el principio de paridad de género, el voto de las personas mexicanas en el extranjero, en prisión preventiva y con discapacidad, así como las candidaturas a personas jóvenes, indígenas, afromexicanas, migrantes con discapacidad y de la diversidad sexual.
También, inhibir conductas ilícitas y protección de recursos económicos durante los procesos electorales; imponer obligaciones al INE para liquidar y reintegrar al erario los recursos provenientes de dos fideicomisos; crear un modelo de Sistema Nacional Electoral de facultades concurrentes entre autoridades compactando a las locales y en el que las distritales pasan a ser temporales; compactar el calendario del proceso electoral; fortalecer la integración de los órganos centrales con los desconcentrados y locales.
De igual manera, eliminar la rama administrativa del Servicio Profesional Electoral Nacional, la franquicia telegráfica de los partidos políticos; unificar el Programa de Resultados Electorales Preliminares con el cómputo de la elección; instituir el mandato del artículo 127 constitucional para que las percepciones salariales de las personas consejeras, magistradas electorales y la totalidad del INE, así como del Tribunal, sean inferiores al salario del Presidente de la República.
Asimismo, fortalecer el juicio en línea y la publicación de autos; dar certeza para que las sanciones sean resueltas y aplicadas bajo el principio de estricto derecho; crear el Procedimiento Único de Queja y la suplencia de la deficiencia de la queja para todos los medios de impugnación sin cambiar el procedimiento especial sancionador; eliminar dos Salas Regionales que no entraron en funciones y la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral cuyas atribuciones pasarán a la Sección Resultora de la Sala Superior.
Finalmente, se busca precisar el concepto de propaganda gubernamental y fortalecer la responsabilidad administrativa en el uso indebido de recursos para la promoción personalizada; resguardar el principio de imparcialidad y garantizar el derecho de la ciudadanía a la información sobre la actuación pública, además de promover la rendición de cuentas, toda vez que los Entes Públicos deban brindar información sobre los montos destinados a gastos relativos a campañas de comunicación social.
En general, dichos contenidos de las dos iniciativas, salvo precisiones mínimas, y con la integración de lo que se ha denominado la “cláusula vida eterna” para que los partidos minoritarios no pierdan el registro, –que no incluía el proyecto original del Presidente de la República–, se aprobaron el 6 de diciembre en la Cámara de Diputados y se enviaron las minutas al Senado, quien las aprobó el 14 del mismo mes, regresandolas a la Cámara de Diputados con modificaciones mínimas, sin excluir la “cláusula de vida eterna”.
Así, la Minuta de la iniciativa primera, devuelta a la Cámara de Diputados, se aprobó el mismo 15 de diciembre de 2022 con las modificaciones mínimas, pero se le quitó la “cláusula de vida eterna”, por lo que se regresó nuevamente al Senado. El segundo proyecto, relativo a la Ley General de Comunicación Social y Ley General de Responsabilidades Administrativas, se aprobó y se publicó como Decreto en fecha 27 de diciembre de 2022 (4).
El 23 de enero las dirigencias del PAN, PRD y PRI, interpusieron –por separado– ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un paquete de acciones de inconstitucionalidad en contra de las reformas publicadas en el Decreto de mérito (5), por considerar que se violentan los artículos: 1, 6, 7, 35, 41, 104, 105, 116, 133 y 134 constitucionales; una veintena de la Ley Reglamentaria de artículo 105 constitucional; 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 1 y 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos; y 19 del Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles. (6)
Por su parte, el INE, en fecha 01 de febrero, presentó una controversia constitucional ante la SCJN, por considerar que con el Decreto multicitado, se “crean condiciones que merman la autonomía del Instituto y su capacidad para ejercer las funciones que la Constitución le mandata, a la par que desequilibra el modelo de comunicación social y perjudica la equidad en la contienda” y violaciones al proceso legislativo […] lo que derivó en la falta de una debida discusión, transgrediendo el principio de democracia deliberativa (7).
La primera Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; de la Ley General de Partidos Políticos; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide un nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, corre con la misma suerte y por el mismo camino de la judicialización de la reforma política-electoral; serán los jueces los que asuman la responsabilidad de la última palabra.
Lo importante ahora es que se continúe por el camino del cumplimiento de la legalidad. Cualquier esfuerzo por llevar los procesos por ese cauce mantendrá la certidumbre institucional, estructuras estables, monitoreo y cumplimiento de servicio público. Lo importante es la responsabilidad institucional y política de los actores. Cualquier actitud protagonista sobre todo de los órdenes jurisdiccionales y organizadores de los procesos electorales pondría en riesgo la posibilidad de perfeccionar la calidad democrática.
No hay verdades absolutas, hay verdades legales y proceso políticos certeros que deben seguir sus cauces. No es verdad que las instituciones electorales erosionen por lo cambios planteados por el Congreso de la Unión, ni modificaciones perfectas para el Sistema Electoral Mexicano. Que se tenga que corregir lo necesario, con apego a la letra de la norma, no hay contingencia. El tiempo es suficiente para resolver las diferencias y publicar la nueva vigencia, la fecha límite es en los primeros días de junio.
En la política de nada sirve la alevosía y la soberbia de los actores institucionales. Todos han contribuido a radicalizar los posicionamientos de la reforma política-electoral, tanto los que se oponen al cambio, como los que se han vuelto apologistas de ella. Si me preguntaran de qué lado estoy, por supuesto diría: estoy del lado del cambio, pero con responsabilidad, atemperado a la realidad, sin privilegios, con eficiencia y eficacia, pero también austero, nuestro país lo requiere, pero nunca a cambio de la deficiencia, mediocridad y bajo desempeño institucional.
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