El amparo garantiza justicia cuando hay violaciones a derechos humanos, pero en otras ocasiones es utilizado como un litigio estratégico por parte de grupos de interés, particularmente empresariales, para conservar privilegios o librarse de ser enjuiciados en casos relevantes de corrupción, expresa el diputado Hamlet García Almaguer (Morena), licenciado en derecho y maestro en Derecho Procesal Constitucional.
Este recurso, explica, es un mecanismo de protección jurisdiccional, cuya principal intención es garantizar que la Constitución esté por encima de los actos de las autoridades o de las leyes que se expiden desde el Congreso y las sentencias que dicten los tribunales a nivel local.
Procede –continúa– cuando hay violaciones a derechos humanos, por ejemplo, en el caso de desplazados, de personas que sufren violencia, periodistas que requieren protección, niños que tienen algún problema familiar. Se les garantiza la protección desde un juicio federal cuando no tienen acceso a un derecho previsto en la Constitución, en los campos de la educación, la salud, vivienda, libertad de comercio.
“Ahí tiene una función muy sana, adecuada, que va a conformar sus principios, pero en otras ocasiones es utilizado como un litigio estratégico por parte de grupos de interés, particularmente empresariales, para conservar privilegios, no para salvaguardar derechos. Es un recurso que utilizan para bloquear proyectos emblemáticos, relevantes, de infraestructura en el país, como es el caso del Tren Maya y el aeropuerto Felipe Ángeles, y obstaculizar la aplicación de leyes que les quitan estos privilegios”.
El diputado se refiere a casos específicos, como el de la norma que prohibía que los cigarros se expusieran en las tiendas de conveniencia y una cadena de supermercados presentó un amparo y les concedieron la suspensión para que puedan seguir exhibiendo los cigarros en sus mostradores ¿Dónde queda el derecho a la salud de las y los mexicanos? se pregunta. Casos como éste se replican y multiplican.
García Almaguer acaba de cumplir 36 años. Es secretario de la Comisión de Justicia y de la Comisión de Reforma Político-Electoral e integrante de las comisiones de Gobernación y Población, Jurisdiccional, y Puntos Constitucionales. Habla de los casos en los que el amparo ha jugado un papel relevante para librar a personajes como Rosario Robles o la esposa de Genaro García Luna, declarado culpable en EU por narcotráfico.
Lamentablemente, añade, estos grupos han desvirtuado el juicio de amparo y hacen lo mismo con los demás mecanismos. Hemos visto que la oposición ha presentado acciones de inconstitucionalidad, controversias contra la Reforma Electoral, el grupo empresarial lo hizo antes contra la industria eléctrica. Es una mecánica consistente. Estos grupos pueden pagar muy buenos abogados. Ya se pervirtió este sistema porque no está obedeciendo lo que en espíritu debería resolver en los casos de la violación a los derechos humanos del pueblo.
¿Si fue tan fácil pervertir ese mecanismo, significa que para un juez es relativamente sencillo torcer la ley a su conveniencia?
—En teoría, en la suspensión se da la orden a las autoridades responsables de detener su actuación durante el tiempo que dure la sustanciación del juicio de amparo, en tanto la constitucionalidad o inconstitucionalidad de sus actos sea resuelta, impidiendo que el quejoso sufra cualquier molestia hasta en tanto no se resuelva en definitiva el juicio de garantías.
Sin embargo, el diputado de Morena plantea la necesidad de modificar los esquemas actuales de la suspensión porque, en ocasiones, se genera mayor afectación al interés público como en el caso de las obras. “Lo relevante aquí es que después de décadas de práctica del juicio de amparo, más que algunas reformas cosméticas o secundarias, se aborde una reforma de fondo al Poder Judicial y se limite la procedencia de estas suspensiones.”
Hay casos, explica, que tienen que ver con evasión fiscal, con otras materias donde sería prudente que no se apliquen estas suspensiones tan a la ligera, que haya más candados o, en su caso, que puedan ser revisadas bajo otros parámetros. Tal vez, que un juez pueda otorgarla, pero que después sea sencillo desahogar un recurso que permita una revisión más profunda de la que se hizo al momento de dictar la suspensión. En estos momentos hay recursos contra el otorgamiento de la suspensión, pero ordinariamente se confirman.
El diputado García Almaguer se refiere a un análisis de fondo para ponderar cuáles son los derechos que están en juego. “Alguien manifestaba en una conferencia que, en ocasiones, a cambio de las suspensiones se piden garantías de 4 mil o 500 pesos, cuando están en juego valores mucho más relevantes, tanto en materia económica como de derechos. Ése es un punto que también debe modificarse para que se soliciten los montos adecuados, siempre y cuando no se trate de ciudadanos porque les sería gravoso presentar una caución de un millón de pesos a fin de tener una suspensión; tal vez ahí hay que valorar. Pero en el caso de corporaciones privadas me parece que esto se puede modular”.
Hay amparos que involucran bienes públicos. De acuerdo con el diputado Juan Ramiro Robledo, no se pueden anteponer los derechos de las personas a cualquier otro bien jurídico social y plantea que ningún derecho humano, ningún derecho individual puede ni debe ser superior al interés público, que es el interés de todos.
—Sí hay una valoración sobre la no afectación al interés público y así lo estipula la ley. Comenté antes que no hay que dejarse llevar por la primera impresión al emitir este acto; hay que hacer una valoración más profunda para determinar a cuántas personas se afecta con la suspensión. Se puede estar beneficiando a uno, pero afectar a cien mil. Quizá a esta persona se van a salvaguardar sus derechos, pero habrá una afectación mayor a otros; sobre todo porque no son en realidad ciudadanos los que están planteando estos asuntos, sino corporaciones privadas, por intereses económicos.
La Fiscalía General de la República (FGR) tenía abiertas investigaciones contra tres jueces federales, todos ligados a fallos que tiraron casos emblemáticos del gobierno. Esto no es común.
—Hay algunos casos, muy pocos. Hay casos de magistrados a los que les han encontrado cientos de millones de pesos en sus cuentas, pero son un par. Yo creo que en los 30 años de existencia del Consejo de la Judicatura Federal ha sido condenado un puñado de jueces y magistrados federales; no es algo común. Debería haber mayor supervisión sobre su trabajo. Por esa razón la FGR anunció que iba a procesar a jueces que habían estado favoreciendo con estas determinaciones a grupo políticos y empresariales. El exgobernador Cabeza de Vaca tiene su juez de cabecera, el juez Justino Gutiérrez, quien le otorga todos los amparos que necesita en el momento que los necesita. Eso se tiene que revisar y también revisar el patrimonio de los jueces.
¿Hay previsiones legales para el caso?
—Sí. Está en la Constitución la posibilidad de someter a juicio político a magistrados y ministros. Hay un catálogo de delitos contra la administración de justicia que, en teoría, debería aplicarse a los juzgadores. Hay cosas que están consideradas y otras que faltan; por ejemplo, eliminar el nepotismo en el Poder Judicial, la corrupción, para tener un órgano del Estado que verdaderamente sirva a la justicia y no a los intereses privados.
“Tenemos que cambiar la Ley de Amparo para que las suspensiones sean vencibles cuando hay un interés público; tenemos que modificar también las leyes en materia de responsabilidad para que existan sanciones a los jueces que se corrompan; que sea muy estricta su evolución patrimonial; se tiene que poner énfasis en prohibir el nepotismo que existe al interior el Poder Judicial. Todo se puede realizar mediante la legislación. Si no es el presidente López Obrador, probablemente quien tenga la presidencia de la República en el próximo sexenio impulse una gran reforma al Poder Judicial. Es impostergable”.