• Los jueces sin rostro actuarán en delitos de alto impacto de los cárteles
• Una medida temporal hasta alcanzar la normalidad
Juventina Bahena
La Cámara de Diputados adicionó al artículo 20 constitucional la figura de los jueces sin rostro para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras. La reacción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) fue rápida al mostrar su oposición a esta figura porque, en su opinión, infringe el artículo 8.1 de la Convención Americana y los procesados están impedidos de valorar la idoneidad y competencia de los juzgadores, pero los inculpados generalmente no conocen a sus jueces. ¿Cómo pueden valorar su idoneidad y competencia? El diputado Leonel Godoy, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, responde a los cuestionamientos de la Corte y nos comparte sus reflexiones en torno a esta figura que, de entrada, considera será temporal.
—Creo que la CIDH, como casi todas las cortes y tribunales, elaboran sus resolutivos sobre la base de un sistema de justicia ordinario y los jueces sin rostro son llamados a intervenir en situaciones extraordinarias. Ellos no participarán en asuntos de carácter civil, como divorcios o multas de tránsito, ni siquiera en la comisión de un homicidio calificado. Actuarán en asuntos de extrema violencia de los cárteles, pero sin duda los jueces sin rostro serán una medida temporal en tanto no logremos que haya paz, tranquilidad, y alcancemos la normalidad en México.
"Por supuesto, tendrán que cumplir con exigencias de idoneidad e imparcialidad, que serán evaluadas por el Tribunal de Disciplina Judicial, un nuevo órgano cuya principal función será evaluar el desempeño de jueces, magistrados y ministros que serán elegidos por mandato popular".
La Corte argumenta que tal figura podría sistemáticamente viciar de origen todos los procedimientos penales. No es la primera vez que se argumenta violación al debido proceso para dejar libre a delincuentes. Es decir, se atiende más la forma que al fondo. ¿Por qué el sistema de justicia ha trastocado el concepto de justicia?
—En efecto, no es posible que criminales que cometieron actos crueles contra los estudiantes de Ayotzinapa, por ejemplo, se les haya dejado en libertad porque fueron torturados. La tortura es condenable y el torturador debe ser condenado severamente, pero no significa que a esa persona no se le hayan probado los delitos que se le imputan mediante otros medios. Personas que cometieron delitos atroces fueron puestos en libertad por violaciones al debido proceso, por ejemplo, por no presentar la orden de cateo en el domicilio correcto o porque se notificó en la hora incorrecta. Son excesos que cometen apelando a errores de procedimiento y se tienen que corregir.
"El debido proceso no puede proteger a delincuentes. Los resolutivos de la Corte Interamericana deben tomar en cuenta estas consideraciones. Además, los jueces anónimos solo actuarán en casos contra el crimen organizado, para casos especiales".
"Resulta que con el argumento del debido proceso se ampara a delincuentes no solo confesos, pues hay otros elementos probatorios más allá de la confesión, pues ésta dejó de ser la reina de las pruebas justo para evitar la tortura. La Corte tiene que actualizarse en el tema y habrá que redefinir el concepto porque de otra manera están dejando en libertad a delincuentes brutales que pertenecen al crimen organizado".
"Además de las reformas que vienen sobre policías, peritos, defensores de oficio, como parte de la reforma integral al sistema de justicia penal mexicano, se tiene que revisar el derecho procesal penal, donde se crea la figura de los jueces sin rostro. Los careos han dejado de ser obligados en los casos de violación para evitar la revictimización. Se requiere, pues, de una reforma sustantiva que atienda estas inconsistencias y la elección de jueces es, sin duda, una reforma que atiende la forma, no el fondo".
El diputado Leonel Godoy Rangel es abogado penalista, doctor en derecho, exgobernador de Michoacán, senador y diputado federal y presidente de la Comisión de Puntos Constitucional, un grupo de trabajo que ha desplegado una exhaustiva actividad para la dictaminación de las reformas constitucionales que se han aprobado una tras otra, y con esa gran experiencia nos ilustra sobre las disposiciones que es necesario modificar.
—Tiene que revisarse la figura de la presunción de inocencia porque en los noticieros difunden el rostro de un presunto delincuente con el rostro parcialmente cubierto cuando deberían presentarlos totalmente descubiertos para que los reconozcan otras víctimas y los denuncien. Requerimos reformas sustantivas profundas en materia penal y procesal.
“Cuando un presunto delincuente sale libre sin ser sujeto a proceso y sale libre no porque se haya demostrado que no cometió el delito que se le imputa sino por violaciones al debido proceso. No es lo mismo que alguien sale porque fue declarado inocente.
“Hay una serie de inconsistencias técnicas que se tienen que resolver para mejorar nuestro sistema de justicia penal íntegra; me refiero a policía, peritos, ministerios públicos, juzgadores y los ejecutores de las sentencias, o sea, el sistema penitenciario que también forma parte de todo esto que se tiene que mejorar. Es una tarea gigantesca porque el sistema de justicia penal en México estaba podrido”.
También dice la Corte que los guardianes últimos de los derechos y del debido proceso serían personas sin rostro y sin ningún tipo de rendición de cuentas. ¿Los jueces, magistrados y ministros actualmente rinden cuentas a la ciudadanía?
—Pues no podría responder a eso. Yo creo que a medias, pero los jueces sin rostro van a estar obligados, como cualquier otro juzgador, a rendir cuentas. Esta figura no es omnímoda o que esté al margen de cualquier condición, al contrario, es como cualquier juzgador, la única diferencia es el tema de la identidad, todas las demás obligaciones son idénticas a la de cualquier otro juzgador.
“El Tribunal de Disciplina Judicial va a revisar si hay un conflicto de intereses, por ejemplo. Además, las personas que conformen este órgano van a ser electas y serán evaluadas cada determinado tiempo y, a su vez, este órgano hará una evaluación muy estricta a los jueces sin rostro para que no queden fuera de las mismos derechos y obligaciones que tienen los demás juzgadores en nuestro país.
“Sólo se busca proteger la identidad de los jueces sin rostro por lo violento que es el crimen organizado, son muy sanguinarios, pero me parece que será una medida temporal”.
El diputado morenista considera que el ministerio público también debería ser protegido.
—Cuando fui secretario de Seguridad Pública, se condecoraba públicamente a los policías cuando capturaban delincuentes, pero la violencia de las bandas delincuenciales ha escalado tanto que ya no se puede hacer; incluso, cuando se da a conocer la identidad del agente que realizó la captura, los han asesinado junto con su familia. Es una injusticia que no se les condecore públicamente y la secrecía se debe al riesgo brutal que tienen. Otra medida es que aparecen de espaldas cuando hacen un arresto importante policías, marinos y soldados. A ese grado hemos llegado debido a la forma cruel, cobarde, sanguinaria del crimen organizado que obliga a proteger a todo el aparato de justicia, no solo jueces, debe ser también a los policías, peritos, ministerios públicos, a los de centros de reclusión, custodios y directores, víctimas constantes de ejecuciones que comete el crimen organizado.
“Los delincuentes están muy protegidos por el debido proceso, además de otras ventajas. Hay una contradicción en este momento entre la necesaria protección de los derechos humanos con la necesaria justicia que se le tiene que hacer a las víctimas de determinados delitos y más de los de alto impacto, de gran crueldad y cobardía, que tienen que ser combatidos eficientemente; tienen que ir a la cárcel los delincuentes, no los inocentes”.