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Paridad de género, solo cuantitativa en la Cámara de Diputados: diputada Julieta Vences Valencia


Luz María Mondragón

En un episodio memorable para la historia, el 1º de septiembre de 2021 la paridad irrumpió en la Cámara de Diputados. La LXV se convirtió en la “Legislatura de la Paridad”. Por primera vez su integración es de 250 legisladores y 250 legisladoras. Configuración congruente con la realidad contemporánea, el   51.2% de la población son mujeres. Este hito dio reconocimiento mundial a México. La Inter-Parliamentary Union nos deslizó a la vanguardia como parlamento paritario.

Cabe rememorar: en mayo de 2019 la Cámara de Diputados aprobó la reforma a los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Carta Magna (DOF 6 de junio 2019). Establece la obligatoriedad constitucional de observar el principio de paridad en la integración de los Poderes de la Unión, los estados, los ayuntamientos, partidos políticos, órganos autónomos y en cualquier entidad, órgano u organismo que ejerza funciones de autoridad en el ámbito de la Federación, las entidades, municipios y alcaldías de la Ciudad de México. Sus autoridades deberán ser electas, nombradas o designadas respetando el principio de paridad de género.

Este mandato constitucional garantiza la participación de las mujeres en todos los espacios políticos y de toma de decisiones del país. Sin embargo, faltan lineamientos jurídicos específicos para la plenitud de la participación femenina en el poder. Así, respecto del ámbito de San Lázaro, todavía no se ha escrito el capítulo final de la batalla histórica por la paridad total.  

A propósito del “Día Internacional de la Mujer”, la legisladora Julieta Kristal Vences Valencia (Morena), presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, colocó los reflectores sobre avances aprobados en esta LXV Legislatura en beneficio de las mujeres, y también en pendientes que obstaculizan sus derechos. El tema de la paridad volvió a los titulares.
Julieta Vences arrojó luz sobre la paradoja de la Cámara de Diputados: la LXV Legislatura es histórica, por primera vez logró la paridad cuantitativa, pero todavía le falta la paridad cualitativa. Es un pendiente, un reto, un desafío, una deuda con las mujeres.

¿Qué hacer? Se requiere garantizar la paridad de género en los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados. Es decir, el acceso a la toma de decisiones: en las coordinaciones de los Grupos Parlamentarios, en la Junta de Coordinación Política, la Mesa Directiva, la Mesa de Decanos y las comisiones, atendiendo los principios de paridad y alternancia de género.
Por mencionar: que 50% de las presidencias de las comisiones y puestos directivos sean ocupados por mujeres. Para esto es necesario reformar la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento de la Cámara de Diputados.

Las presidencias de comisión

Cuestionó que justo en esta “Legislatura de la Paridad”, incluso han ocurrido retrocesos en la materia. Se expresa en el menor acceso de las diputadas a ocupar las presidencias de las comisiones.

También, desafortunadamente, se repiten roles y estereotipos de género. Por ejemplo, en la Comisión de Igualdad de Género solamente participa un diputado (Juan Carlos Natale López, PVEM). En la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia es menor el número de integrantes varones, predominan las diputadas. Se visualiza a estas comisiones como si los asuntos que trabaja fueran “cosas de mujeres”.

En cambio, en las comisiones visualizadas como estratégicas y de mayor peso político (la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública) se duplica y hasta triplica la presencia masculina.

Para abundar más sobre el tema, la diputada Julieta Kristal Vences nos remitió a la iniciativa de reforma en materia de paridad en los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados, presentada por la legisladora Karla Yuritzi Almazán Burgos (Morena).

Vences Valencia elogió esta iniciativa que propone que, conforme al principio de paridad de género, los grupos parlamentarios deberán postular a la presidencia de la Mesa Directiva a una persona de distinto género a la que ocupe el liderazgo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo). En ningún caso podrán recaer las presidencias de ambos órganos en personas del mismo género, de forma simultánea.

Por otra parte, en las argumentaciones para respaldar la iniciativa de Almazán Burgos, se documentó el retroceso en el acceso de las mujeres para ocupar las presidencias de las comisiones. Mientras que en la LXIV Legislatura, del 100 por ciento de las presidencias, 43.5% correspondió a mujeres, en esta LXV el porcentaje disminuyó a 42.5%.

Por lo anterior, para Julieta Kristal Vences Valencia los derechos en materia de paridad de género, así como los referentes al acceso de la mujer a la vida pública, deben encontrarse garantizados a través de normas jurídicas que hagan obligatorio su cumplimiento y garantice la paridad total en los espacios de toma de decisiones.

La Cámara de Diputados es la tribuna más alta de la nación. La LXV puede hacer, nuevamente, historia, materializando la paridad total. Emprender, introducir, conducir un nuevo orden paritario.

Finalmente, cabe mencionar: la iniciativa de la legisladora Karla Yuritzi Almazán Burgos no es la única. Ya se han presentado otras en materia de paridad en los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados. Entre éstas, las propuestas de las diputadas María Macarena Chávez Flores y Elizabeth Pérez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Ranking mundial

Según el más reciente reporte (enero de 2023) de las estadísticas de la Inter-Parliamentary Union, en materia de la presencia de las legisladoras en la configuración de las cámaras bajas de las naciones (Cámara de Diputados, en nuestro país), México ocupa la cuarta posición a nivel mundial.

Éste es el ranking internacional: Rwanda ocupa el primer lugar con 61.3% de legisladoras; Cuba, segundo sitio con 53.4%; Nicaragua en la tercera posición con 51.7%; México, el cuarto nivel, con 50% de diputadas.

En resumen, la paridad total es un ideal que está en construcción. Es una lucha permanente para hacer realidad la plena inclusión de las mujeres en los espacios de toma de decisiones, en el poder real.


Avances en la LXV Legislatura

La LXV Legislatura ha aprobado reformas a fin de erradicar los diversos tipos de violencia de género que enfrentan las niñas, adolescentes y mujeres adultas:

  1. Tasa cero en productos de higiene menstrual. Pocos países han eliminado el IVA en estas mercancías. Solamente Canadá, Irlanda, Australia y México. Impacta positivamente el bolsillo de 35 millones de mujeres en edad reproductiva, particularmente las más pobres, quienes viven en zonas rurales e indígenas, donde las adolescentes incluso dejan de ir a la escuela en los días de menstruación, porque no tienen recursos para comprarlos. Hacienda deja de recaudar 3 mil 200 millones de pesos anuales. Es una política pública con perspectiva de género.
  2. Declaratoria de alerta de violencia de género (AVG). Se acortó la declaratoria de la AVG a 45 días máximo; antes tardaban hasta seis meses. Se emitirá en aquellos estados donde prevalezcan las omisiones documentadas y reiteradas de las autoridades en la prevención y sanción de la violencia.
  3. Presupuesto a refugios para víctimas. Los tres órdenes de gobierno deben garantizar una asignación ágil, oportuna y suficiente para su creación, operación y fortalecimiento, a fin de dar pronta atención a las mujeres, a sus hijos e hijas.
  4. Reconocer la violencia obstétrica como un tipo de violencia contra las mujeres. La atención materno-infantil debe ser libre de violencia. La falta de acceso a servicios y las prácticas no autorizadas (como ligamientos de trompas, colocar dispositivos) violentan a las mujeres.
  5. La “Ley Ingrid”. Reforma al artículo 225 del Código Penal Federal. Penas de 4 a 10 años de prisión tanto a funcionarios públicos como a ciudadanos que difundan, fotografíen, copien, publiquen imágenes o videos de las víctimas. Aumenta la sanción un 33% cuando son mujeres, adolescentes, niñas, niños o personas con discapacidad.
  6. Reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que incluye en la definición de violencia física, cualquier acto que inflige daño no accidental, usando ácido o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable. En México aumentan los ataques con ácido a las mujeres. Falta tipificar como delito penal, (en el Código Penal Federal) por razón de género. Hoy las autoridades los califican únicamente como “lesiones”. 
  7. Ampliación del concepto de violencia digital (Ley Olimpia) incluyendo la “sextorsión”. Amenazar, chantajear o extorsionar a una mujer con exponer o difundir contenido íntimo sexual.
  8. Establecer como violencia en el ámbito familiar la que se genera en el noviazgo.  76% de las adolescentes entre 15 y 17 años ha sufrido violencia psicológica, 17% sexual y 15% física. Reformó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido, desde un enfoque de derechos humanos, que la concepción de la familia no debe estar limitada solamente a las relaciones interpersonales reconocidas en el ámbito jurídico como es el matrimonio, sino también deben considerarse los vínculos de facto, que es el caso del noviazgo. 

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