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Ley de Migración, incluyente


Luz María Mondragón

El Pleno aprobó incorporar a la Ley de Migración el lenguaje incluyente, a fin de armonizarla con el contenido del artículo primero de la Constitución y visibilizar un derecho fundamental de las personas migrantes.

Establece la denominación “persona”, que incluye las diversas expresiones de género a conceptos como extranjero, migrante, mexicano, emigrantes, refugiados, defensores, capitanes, deportados, consignatarios, entre otros.

La reforma ayudará a visibilizar a las diversas poblaciones y sus problemáticas. Contribuirá a romper prejuicios porque reconocerá la dignidad de todas las personas, independientemente de su estatus migratorio o estilo de vida.

Datos de la Organización Internacional para las Migraciones: en 2020 había en el país 1.2 millones de migrantes internacionales (0.9% de la población). De esta cifra, 49.8% eran mujeres, 60.7% menores de 19 años y 4.5% mayores de 65 años.

Palabras clave: Ley de Migración, lenguaje, incluyente, persona, fenómeno, prejuicio, artículo 1º, Constitución.


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