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Controversia del maíz transgénico en el marco del T-MEC


Juan Galicia Flores
Miguel Ponce González
Susana Prado Tasch

El gobierno mexicano emitió dos decretos en el Diario Oficial de la Federación (DOF): el 31 de diciembre de 2020 y 13 de febrero de 2023 (el cual abroga al primero), a fin de restringir el uso de glifosato y maíz transgénico, bajo el argumento del principio precautorio y la protección de la biodiversidad y la salud humana. Sin embargo, este último fue impugnado por Estados Unidos al esgrimir las reglas establecidas en el Capítulo 31 Solución de Controversias del T-MEC, alegando que no se basaban en evidencia científica suficiente y violaban normas comerciales internacionales.

En 2023, Estados Unidos solicitó un panel de solución de estas controversias bajo el T-MEC, argumentando que las medidas mexicanas eran incompatibles con los capítulos sobre medidas sanitarias y fitosanitarias. El 20 de diciembre de 2024 el panel concluyó que las medidas mexicanas no se basaban en evaluaciones de riesgo adecuadas y recomendó que México ajustara sus políticas para cumplir con las obligaciones del T-MEC (Economía & Sader, 2024).

En este contexto, el gobierno mexicano publicó en el DOF el 5 de febrero de 2025 un acuerdo mediante el cual se deja sin efectos la aplicación de los artículos Sexto, fracción II, Séptimo y Octavo del Decreto por el que se establecen diversas acciones en materia de glifosato y maíz genéticamente modificado, publicado en el DOF el 13 de febrero de 2023.

Acciones legislativas para la protección del maíz

Tras perder el panel trilateral del T-MEC, el 23 de enero de 2025 la Presidenta de la República envío a la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma Constitucional a los artículos 4º y 27, en materia de conservación y protección de los maíces nativos. Esta iniciativa tenía por objeto declarar al maíz como elemento de identidad nacional y establecer la obligación del Estado de garantizar su cultivo libre de transgénicos en el territorio nacional.

A raíz de la presentación de esta iniciativa, inició un debate al interior de la Cámara de Diputados y en distintos foros donde participaron organizaciones académicas, expertos, productores, ambientalistas y la sociedad civil, se pronunciaron sobre el contenido y alcance de la reforma. Como resultado de las mesas de trabajo organizadas por la Cámara de Diputados, el 18 de febrero de 2025, la Presidenta de la República presentó modificaciones a la iniciativa de reforma constitucional.

Las modificaciones a considerar en la iniciativa fueron: ampliar la protección del maíz nativo y establecer a México como centro de origen, reconocer al maíz como alimento central y base de la existencia de los pueblos indígenas y afromexicanos; así como garantizar la biodiversidad, la salud, el patrimonio biocultural e incluir una definición de transgénico; además, fomentar la investigación científica-humanística, la innovación y los conocimientos tradicionales; fomentar los cultivos tradicionales con semillas nativas, libres de transgénicos, con prácticas agroecológicas, con el fin contribuir a la soberanía alimentaria; finalmente, evaluar y monitorear el uso del maíz genéticamente modificado.

Posteriormente, ambas Cámaras votaron a favor de la iniciativa y fue aprobada por la mayoría de los Congresos Locales. Finalmente, el 17 de marzo fue publicado en el DOF el decreto por lo que se reforman y adicionan los artículos 4o. y 27 de la Constitución, en materia de conservación y protección de los maíces nativos.

Producción y consumo de maíz en México

Nuestro país se caracteriza por ser autosuficiente en maíz blanco. En 2024, se tuvo una oferta total de 23.3 millones de toneladas, del cual, 85% se destinó a cubrir las necesidades del consumo humano, incluso 11% se orientó al sector pecuario, mientras que la producción nacional de maíz amarillo fue de 3 millones de toneladas (SIAP, 2024).

La producción nacional de maíz amarillo es insuficiente para atender la demanda, debido al crecimiento de la actividad pecuaria. En consecuencia, México es dependiente de las compras al exterior. En el periodo 2013-2024, los volúmenes de importación de maíz amarillo crecieron 348%, al pasar de 5.1 millones de toneladas en 2013 a 22.7 millones de toneladas en 2024; de las cuales, 81% se destinó al sector pecuario, 13% a la industria almidonera y 4% para consumo humano. Tan sólo en 2024, el monto de las importaciones de maíz amarillo fue de 5,207 millones de dólares.

La mayor proporción de las importaciones de maíz amarillo provienen de Estados Unidos; de acuerdo con el CONACYT (2020), en ese país se utiliza 19% del volumen mundial de glifosato y alrededor del 90% de la superficie agrícola de maíz, algodón y soya, corresponde a cultivos transgénicos tolerantes a herbicidas, por lo que su introducción pone en riesgo a las 59 razas de maíces nativos de México.

Impacto de los Organismos Genéticamente Modificados (OGM)

En 2020, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) integró un expediente científico sobre el glifosato y los organismos genéticamente modificados (OGM). De acuerdo con este documento, se registraron 526 eventos transgénicos a nivel mundial, de los que 45% correspondieron a maíz.

Los cultivos transgénicos han generado preocupaciones sobre la contaminación de maíces nativos, la aparición de “súper plagas” y el aumento en el uso de herbicidas como el glifosato. El CONACYT refiere que en 2017 un estudio demostró la presencia de transgénicos y residuos de glifosato en 82% de alimentos hechos a base de maíz, incluyendo tortillas y harinas. Por su parte, el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático detectó la presencia de secuencias transgénicas en 12% de las muestras de maíz nativo analizadas entre 2000 y 2023 (INECC, 2023).

Consideraciones finales

El maíz es clave en la economía y la cultura de México, pero su producción y consumo enfrentan retos significativos relacionados con la dependencia de importaciones, la presencia de OGM y las regulaciones comerciales internacionales. Para garantizar la soberanía alimentaria y la protección del maíz nativo es fundamental fortalecer la investigación científica, fomentar prácticas agrícolas sostenibles y armonizar el marco jurídico de las leyes en la materia, con el fin de proteger la biodiversidad, la salud, el patrimonio biocultural y con ello garantizar la efectividad de la reforma.


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