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Entre sesgos y decisiones


Emiliano Fajardo y Diego Lazcano

Lo indica ya Themis, la diosa de la justicia, al portar una venda en los ojos: una utópica virtud o característica que se debería buscar en todo aquel que se nombre como juzgador corresponde a la amoralidad.

¿Existe alguna manera en la cual una sentencia o decisión no pueda estar sesgada por el cúmulo de influencias éticas, morales, políticas, sociales y religiosas que forman el carácter de quien ha sido elegido para emitir una resolución? 

Parece que no, la propia construcción social de cualquier ser humano se encuentra voluptuosamente conformada por distorsiones personales que nos llevan a emitir una u otra opinión, siempre equivocándonos frente al seso de cientos o miles de espectadores que enjuician de forma distinta.  

Así, quien debe tomar una decisión lo forma de manera inmutable haciendo uso de las evidencias con las que cuenta y los conocimientos técnicos que ha adquirido sin dejar de lado la perspectiva social en la que se ha visto desenvuelto de manera personal. 

Lo anterior se hace patente si nos cuestionamos si opina lo mismo un liberal que un conservador sobre el aborto. Ante este tipo de debates, en los cuales no se encuentra un punto de equilibrio, es que se han implementado remedios históricos: la labor judicial. 

En efecto, los jueces han surgido como un antídoto ante la insuficiencia de que los miembros de una sociedad puedan llegar a un acuerdo. Nuestra voluntad, ante la escasez de comunión que existe entre unos y otros, se ha visto suplantada por la de alguien más, un juez o un colegio de jueces. 

Divaguemos sobre quien exige a otro el pago de un adeudo y, ante la falta de pago del segundo, se le demanda. Uno tiene interés en que se le pague, otro pretende no hacerlo y será tarea de uno más determinar quién tiene la razón. 

Quien sea nombrado aquel que dirimirá el conflicto ¿no es otro más que también tiene un interés o pretensión? Claro, es indiscutible que no puede ser de otra manera. Por lo cual, ante la insuficiencia de una sola persona de decidir acertadamente sobre cómo es que se debe de resolver ese conflicto es que existe la posibilidad para que los interesados puedan apelar esta resolución y sea revisada por un colegio de jueces. 

Ya lo decía Francesco Carnelutti, el fenómeno es el mismo que aquel por el cual se unen al arado una o más yuntas de bueyes en vez de un solo buey. 

A pesar de lo anterior, concluye Carnelutti que, cualquiera que sabe, tiene certeza sobre que el mayor rendimiento de la yunta está condicionado por el trabajo efectivo de cada uno de sus miembros. 

En suma, es de relevancia destacar cuán difícil es la toma de decisiones imparciales, y ver cómo afecta esto a nuestro sistema de justicia, debido a las influencias éticas, morales, políticas y sociales que moldean la perspectiva de los jueces, ya que aun si se busca la objetividad, la propia naturaleza humana impide eliminar por completo los sesgos que acechan las decisiones.  

La enmienda al problema se ha anticipado: que decidan varios y no solo uno. ¿No es entonces imperioso que estos varios que emitirán una sola decisión sean personalidades entre si disímbolas?  

No debe entonces temerse a la heterogeneidad de los colegios de juzgadores, que es un fenómeno que ocurre de manera latente en nuestro sistema de justicia, a pesar de que el procedimiento resulte uno u otro para nombrar al crítico que formará parte colegiada de un órgano decisor; debe apuntarse a que el propio órgano cuente con algunos perfiles técnicos, otros sociales, alguno político y unos cuantos más académicos.  

De otra forma, cualquier conflicto que le sea planteado al órgano de justicia no podrá ser abordado desde perspectivas distintas, haciéndolo tomar decisiones inequívocas y unánimes que supriman la pluralidad.  

Sin que se pase por alto que la labor de los jueces no es la misma que la de la cámara de representantes, tampoco es la de que se tomen decisiones alineadas y coordinadas como si fuera un órgano ejecutivo del electo gobierno.  

Un punto ecléctico debe tiranizar la conformación de los órganos colegiados sin que nos aceche el recelo de que este tipo de órganos estén conformados por uno u otro cuyos conocimientos técnicos se alejen de lo jurídico o de nuestra inclinación política. 

Entonces, poca desconfianza debe emboscarnos al escuchar que él o aquella puede formar parte de una sección judicial decisora, la historia ha dicho en réplica quiénes son personajes principales y quiénes secundarios, sin dejar de susurrarnos que ambos son necesarios para llevar a cabo la obra y, a veces, transportarla a buen puerto. 

Las opiniones vertidas en este texto son responsabilidad única y exclusiva del autor o de la autora


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